Doble venta de un inmueble: prevalece quien inscribió primero, no el poseedor material
Corte Suprema · Primera Sala · Rol 6818-2025 · 13 de mayo de 2026
- Tribunal
- Corte Suprema, Primera Sala
- Rol
- 6818-2025
- Fecha
- Recurso
- Casación fondo (civil)
- Resultado
- Acogida casación fondo, anulada sentencia de
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 6818-2025 (13 de mayo de 2026), acoge la casación en el fondo de la demandante: en una doble venta rige el artículo 1817 del Código Civil y prefiere al que inscribió primero; la segunda venta fue de cosa ajena y le es inoponible.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] De manera que esta situación se presenta cuando se han inscrito las ventas de todos los compradores, en cuyo caso prevalece la que se inscribió primero, porque este comprador ha sido el que primero entró en posesión de la cosa, en virtud de lo dispuesto en el artículo 724 del Código Civil […]»
Corte Suprema, Rol 6818-2025 «[…] De manera que esta situación se presenta cuando se han inscrito las ventas de todos los compradores, en cuyo caso prevalece la que se inscribió primero, porque este comprador ha sido el que primero entró en posesión de la cosa, en virtud de lo dispuesto en el artículo 724 del Código Civil […]» (Corte Suprema, Rol 6818-2025). «[…] De manera que esta situación se presenta cuando se han inscrito las ventas de todos los compradores, en cuyo caso prevalece la que se inscribió primero, porque este comprador ha sido el que primero entró en posesión de la cosa, en virtud de lo dispuesto en el artículo 724 del Código Civil […]» (Corte Suprema, Rol 6818-2025). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/6818-2025-del-13-05-2026#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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