Avalista y codeudor solidario de pagarés no responde del mutuo que les dio origen
Corte Suprema · Primera Sala · Rol 88966-2016 · 10 de mayo de 2017
- Tribunal
- Corte Suprema, Primera Sala
- Rol
- 88966-2016
- Fecha
- Recurso
- Casación fondo (civil)
- Resultado
- Rechazadas casación forma y fondo
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 88966-2016 (10 de mayo de 2017), rechaza la casación en el fondo del Banco de Chile, porque la solidaridad pactada en los pagarés se limita a ellos y no hay pacto expreso que la extienda al mutuo de la deudora principal.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] la solidaridad asumida por el avalista se ha limitado exclusivamente al pago de las obligaciones que emanan de los pagarés, pues precisamente está contenida en tales instrumentos de crédito, en virtud de lo dispuesto en los artículos 46 y 47 de la Ley 18.092.»
Corte Suprema, Rol 88966-2016 «[…] la solidaridad asumida por el avalista se ha limitado exclusivamente al pago de las obligaciones que emanan de los pagarés, pues precisamente está contenida en tales instrumentos de crédito, en virtud de lo dispuesto en los artículos 46 y 47 de la Ley 18.092.» (Corte Suprema, Rol 88966-2016). «[…] la solidaridad asumida por el avalista se ha limitado exclusivamente al pago de las obligaciones que emanan de los pagarés, pues precisamente está contenida en tales instrumentos de crédito, en virtud de lo dispuesto en los artículos 46 y 47 de la Ley 18.092.» (Corte Suprema, Rol 88966-2016). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/88966-2016-del-10-05-2017#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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