Muerte de detenido por violencia innecesaria de Carabineros: daño moral a cargo del Fisco
Corte Suprema · Tercera Sala · Rol 9510-2009 · 4 de junio de 2012
- Tribunal
- Corte Suprema, Tercera Sala
- Rol
- 9510-2009
- Fecha
- Recurso
- Casación fondo (civil)
- Resultado
- Rechaza casacion en el fondo
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 9510-2009 (4 de junio de 2012), rechaza la casación del Fisco porque los errores de la sentencia no influyen en lo decidido: el daño moral se presume y hay una falta personal de Carabineros cometida con ocasión del servicio.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] lo actuado por los funcionarios de Carabineros constituye claramente una falta personal y no una falta de servicio; pero una de aquellas en que el servicio no puede separarse de la falta, por cuanto ella ha sido cometida con ocasión del servicio, esto es, con los medios apropiados para cometerla, que en este caso es la condición de Carabineros que interrogan a un detenido en una unidad policial.»
Corte Suprema, Rol 9510-2009 «[…] lo actuado por los funcionarios de Carabineros constituye claramente una falta personal y no una falta de servicio; pero una de aquellas en que el servicio no puede separarse de la falta, por cuanto ella ha sido cometida con ocasión del servicio, esto es, con los medios apropiados para cometerla, que en este caso es la condición de Carabineros que interrogan a un detenido en una unidad policial.» (Corte Suprema, Rol 9510-2009). «[…] lo actuado por los funcionarios de Carabineros constituye claramente una falta personal y no una falta de servicio; pero una de aquellas en que el servicio no puede separarse de la falta, por cuanto ella ha sido cometida con ocasión del servicio, esto es, con los medios apropiados para cometerla, que en este caso es la condición de Carabineros que interrogan a un detenido en una unidad policial.» (Corte Suprema, Rol 9510-2009). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/9510-2009-del-04-06-2012#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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- Art. 767 · Código de Procedimiento Civil
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- Art. 765 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 805 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 1700 · Código Civil
- Art. 7 · Constitución Política de la República
- Art. 6 · Constitución Política de la República
- Art. 2314 · Código Civil