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Reclamo tributario: liquidación

Tribunal Tributario y Aduanero de La Araucanía · RIT GR-08-00021-2023 · 27 de marzo de 2023

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero de La Araucanía
RIT
GR-08-00021-2023
RUC
23-9-0000288-7
Fecha
Materia
Liquidación
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
No presentado

Normas que aplica

Texto de la sentencia

Temuco, veintisiete de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1.- Que, a fojas 1 comparece doña Samia Zeidan Zeidan, factor de comercio, cédula de identidad número 10.477.428- 8, en representación de la sociedad FORESTAL MONTE RAÍCES LIMITADA, RUT 76.060.359-7, del giro de su denominación, domiciliada para estos efectos en calle Aldunate N° 535, departamento N° 201, Temuco, quien interpone reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 124 del Código Tributario en contra de las Liquidaciones números 224 y 225, de fecha 30 de noviembre de 2022, emitidas por la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos. 2.- Que, examinado el escrito de reclamo, este Tribunal, considerando lo dispuesto en el artículo 125 N° 3 del Código Tributario y teniendo presente el patrocinio asumido por la abogado doña Mariel González Toledo, dispuso con fecha 17 de marzo del año en curso que la reclamante subsanara dentro del plazo de cinco días, bajo apercibimiento de tener por no presentada la reclamación, las omisiones observadas en el escrito de reclamo, debiendo acompañar los documentos fundantes señalados en el primer otrosí de su presentación. 3.- Que, según da cuenta la certificación de fojas 7 de autos, suscrita por la secretaria abogado del Tribunal, el plazo otorgado a la reclamante para subsanar la reclamación se encuentra vencido, sin que haya dado cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal. En tal sentido, considerando lo dispuesto en el inciso final del artículo 125 del Código Tributario y teniendo presente que la reclamante no subsanó la omisión señalada en su escrito presentado el 17 de marzo del año en curso, deberá hacerse efectivo el apercibimiento y tener por no presentado el reclamo. En consecuencia, SE RESUELVE: Documento firmado electrónicamente por don/ña Orlando Ivan Cuevas Reyes, el 27-03-2023. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación f41b6dce9f3a451d855b70ef46fd48f1 Timbre Electrónico TÉNGASE POR NO PRESENTADO el reclamo deducido a fojas 1 y siguientes por doña Samia Zeidan Zeidan, en representación de la sociedad FORESTAL MONTE RAÍCES LIMITADA, RUT 76.060.359-7. NOTIFÍQUESE a la reclamante mediante carta certificada dirigida al domicilio registrado en autos, conforme lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 131° bis del Código Tributario. REGÍSTRESE y en su oportunidad ARCHÍVESE. RUC: 23-9-0000288-7 RIT: GR-08-00021-2023 Pronunciada por don Orlando Cuevas Reyes, Juez Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de La Araucanía. Orlando Ivan Cuevas Reyes Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal de la Araucanía Documento firmado electrónicamente por don/ña Orlando Ivan Cuevas Reyes, el 27-03-2023. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación f41b6dce9f3a451d855b70ef46fd48f1 Timbre Electrónico 2023-03-27T13:04:12-0300 FEA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.