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Reclamo tributario: liquidación

Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT GR-10-00088-2015 · 16 de octubre de 2015

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
RIT
GR-10-00088-2015
RUC
15-9-0001139-0
Fecha
Materia
Liquidación
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
No presentado

Normas que aplica

Texto de la sentencia

Concepción, dieciséis de octubre de dos mil quince. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1). Que, a fojas 21, con fecha 15 de septiembre de 2015, comparece personalmente don Víctor Manuel Figueroa Barra, Rut n° 9.466.078-5, con domicilio en Anibal Pinto N° 2515 Laguna Redonda de Concepción; reclamando en contra de la Liquidación N° 208201000061 de 19.07.2015, emitida por el Servicio de Impuesto Internos, cuyo valor total asciende a $ 2.231.501. Que en esta presentación no se da cumplimiento a lo ordenado en el numero 1° del artículo 125 del Código Tributario en concordancia con el inciso segundo del artículo 129 del Código Tributario, teniendo presente que la cuantía de lo reclamado supera las treinta y dos unidades tributarias mensuales, y que la presentación al no designar abogado patrocinante, se opone a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 1 de la ley 18.120, de 1982. 2). Que, por ello, con fecha 22 de septiembre del año en curso, este Tribunal a fojas 23 apercibió a la parte reclamante para que subsanara la omisión ya singularizada, dentro del plazo de 15 días y bajo el apercibimiento de tener por no presentado el reclamo. 3). Que, constando en autos que no se diera cumplimiento a lo ordenado en el plazo señalado, ni hasta la fecha de la presente resolución, correspondiendo entonces hacer efectivo el apercibimiento y tener el reclamo por no presentado. Vistos además, lo previsto en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, Ley 18.120 de 1982 y Ley 20.322 de 2009. SE RESUELVE: Documento firmado electrónicamente por don/ña Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño, el 16-10-2015. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 252bba24-c37e-4582-a9df-5f9c4ae86998 Timbre Electrónico Téngase por no presentado, para todos los efectos legales, el reclamo de fojas 21, interpuesto por don Víctor Manuel Figueroa Barra; por los motivos precedentemente indicados. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Notifíquese la presente resolución a la parte reclamante por carta certificada dirigida al domicilio registrado en autos. Sin perjuicio, dese aviso a la dirección de correo electrónico a la parte que lo haya solicitado. RIT GR-10-00088-2015 RUC 15-9-0001139-0 Pronunciada por don Anselmo Iván Cifuentes Ormeño, Juez Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región del Bio Bio. Autoriza don Jaime Gonzalez Orrico, Secretario Abogado. Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal del Biobio Documento firmado electrónicamente por don/ña Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño, el 16-10-2015. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 252bba24-c37e-4582-a9df-5f9c4ae86998 Timbre Electrónico 2015-10-16T15:59:12-0300 ATTA SACTA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.