Vulneración de derechos: artículo 8 bis del Código Tributario
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT VD-10-00045-2019 · 11 de julio de 2019
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
- RIT
- VD-10-00045-2019
- RUC
- 19-9-0000550-7
- Fecha
- Materia
- Artículo 8 bis del Código Tributario
- Servicio
- Servicio de Impuestos Internos
- Resultado
- Desistimiento
Normas que aplica
Texto de la sentencia
Concepción, once de julio de dos mil diecinueve.
A lo principal, estese a lo que se resolverá a continuación. Al otrosí, téngase por
acompañado el documento señalado, con citación.
Téngase por evacuado en rebeldía el traslado conferido a fojas 33.
Resolviendo el incidente de desistimiento promovido por la parte reclamante:
VISTO Y TENIENDO PRESENTE:
1°) Que, a fojas 32, la parte reclamante se desiste de la reclamación deducida
con fecha 11 de junio de 2019, rolante de fojas 9 a 15, en contra de la actuación
administrativa de la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos.
2°) Que, a fojas 33, se confirió traslado, el cual se tuvo por evacuado en rebeldía
del Servicio de impuestos Internos.
3°) Que, no existió oposición de la contraria.
Se resuelve:
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en los
artículos 148, 155 y siguientes del Código Tributario, 148, 149, 150 y 151 del Código de
Procedimiento Civil, SE ACOGE, sin costas, el desistimiento formulado por don Gustavo
Cabret Cid en representación de Consorcio LYS Zona Sur SpA., respecto al reclamo
deducido de fojas 9 y siguientes.
Notifíquese la presente resolución por carta certificada a la reclamante, y a la
reclamada mediante la publicación de su texto íntegro en el Sitio en Internet del Tribunal.
Sin perjuicio, dese aviso a la dirección de correo electrónico a la parte que lo haya
solicitado.
RIT n.° VD-10-00045-2019.
Proveyó don MARIO ALEJANDRO VEGA ADAUY, Juez Subrogante del Tribunal
Tributario y Aduanero de la Región de Ñuble y la Región del Biobío. Autoriza don Sergio
Rodrigo Jarpa Abarca, Secretario Subrogante.
Mario Alejandro Vega Adauy
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez(S) Tribunal del Biobio
Documento firmado electrónicamente por don/ña Mario Alejandro Vega Adauy, el 11-07-2019.
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97988e4c-2492-46c2-af96-74d7afea54ea
Timbre Electrónico
2019-07-11T11:55:22-0400
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.