Vulneración de derechos: artículo 8 bis del Código Tributario
Tribunal Tributario y Aduanero de Los Lagos · RIT VD-12-00019-2023 · 15 de junio de 2023
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero de Los Lagos
- RIT
- VD-12-00019-2023
- RUC
- 23-9-0000595-9
- Fecha
- Materia
- Artículo 8 bis del Código Tributario
- Servicio
- Servicio de Impuestos Internos
- Resultado
- Inadmisible
Normas que aplica
Texto de la sentencia
Puerto Montt quince de junio de dos mil veintitrés.
A lo principal:
Vistos,
1. Que la materia sobre la cual el actor sustenta sus argumentos, no es competencia de
los Tribunales Tributarios y Aduaneros, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° de
la Ley 20.322.
2. Que el Fisco, a través de la Tesorería Provincial de Osorno, no es sujeto idóneo o con
legitimación pasiva, dentro del procedimiento especial de reclamo por vulneración de
derechos, contenido en el artículo 155 y siguientes del Código Tributario;
3. Y en virtud de lo dispuesto en el artículo 124 del Código Tributario;
Resuelvo:
Declárese inadmisible el reclamo, por incompetencia del Tribunal.
Al primer otrosí: Estese al mérito de lo resuelto; Al segundo otrosí: Ténganse y por
acompañados documentos en la forma legal; Al tercer y cuarto otrosí: Téngase presente.
Notifíquese al actor por carta certificada.
Se asigna a RIT: VD-12-00019-2023.
Proveyó don: Christian Allen Rojas, Juez Titular del Tribunal Tributario y Aduanero
de la Región de Los Lagos.
Christian Marcel Allen Rojas
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Avanzada
Juez Tribunal de los Lagos
Documento firmado electrónicamente por don/ña Christian Marcel Allen Rojas, el 15-06-2023.
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Timbre Electrónico
2023-06-15T18:01:39-0400
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.