Reclamo tributario: liquidación
Tribunal Tributario y Aduanero de Los Ríos · RIT GR-11-00014-2020 · 29 de junio de 2023
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero de Los Ríos
- RIT
- GR-11-00014-2020
- RUC
- 20-9-0000920-9
- Fecha
- Materia
- Liquidación
- Servicio
- Servicio de Impuestos Internos
- Resultado
- Conciliación
Normas que aplica
Texto de la sentencia
Valdivia, veintinueve de junio de dos mil veintitrés
VISTOS Y CONSIDERANDO:
1. Que, en acta de audiencia de conciliación de fojas 216, consta conciliación total alcanzada
por las partes en el presente juicio.
2. Que, el Servicio practicó a la reclamante la Liquidación N° 58 del 28.08.2020, que ordenó
el reintegro de $53.871.628, aplicando reajuste por $4.255.859, intereses por $34.876.492, y
multa por $34.876.492, totalizando $127.880.471.
3. Que, el Servicio emitió la Resolución Exenta N°238, de 28.08.2020, que declaró
improcedente la devolución solicitada por $53.232.834.
4. Qué, ambas actuaciones fueron objeto de reclamo en la presente causa.
5. Que, en la audiencia de conciliación indicada las partes acordaron una conciliación total
bajo las siguientes condiciones:
i. Respecto a la Resolución ya indicada, las partes concuerdan en que la devolución
allí solicitada es improcedente.
ii. Respecto de la Liquidación ya indicada, las partes coinciden en su procedencia.
iii. Respecto a las multas e intereses considerados en la Liquidación indicada, las
partes acuerdan en una condonación del 90%.
iv. Lo anterior se materializará mediante la emisión de giros por la totalidad de las
sumas indicadas, en una oportunidad, sin parcialidades.
6. Que, las partes acompañaron, a fojas 212, escrito de téngase presente, en el que indican las
sumas de multas e intereses actualizados, aplicables a los cobros contenidos en la Liquidación
ya particularizada. Se indica, además, lo que supondría una condonación del 90% de tales
intereses y multas. Las sumas, así establecidas, son las siguientes:
Sin condonación Condonación 90%
Monto Giro $53.871.628 $53.871.628
Reajustes $19.178.300 $19.178.300
Intereses y Multas $124.915.377 $12.491.538
Total giro $197.965.305 $85.541.466
7. Que, considerando además lo dispuesto en los artículos 124 y siguientes, 132 y 132 bis del
Código Tributario, y la Ley Orgánica de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, contenida
en el artículo primero de la Ley N° 20.322 que Fortalece y Perfecciona la Jurisdicción
Tributaria y Aduanera.
RESUELVO:
Téngase por aprobada la conciliación total en los términos indicados en el acta de
conciliación y en el cuerpo de la presente resolución.
Documento firmado electrónicamente por don/ña Hugo Alberto Osorio Morales, el 29-06-2023.
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Timbre Electrónico
Téngase esta resolución como sentencia ejecutoriada para todos los efectos legales, de
conformidad a lo dispuesto en el artículo 132 bis del Código Tributario.
Notifíquese al reclamante por carta certificada. Certifíquese el envío de la carta.
Notifíquese a la reclamada mediante la publicación de su texto íntegro en el sitio de Internet
del Tribunal , de conformidad al artículo 131 bis del Código Tributario. Dese
aviso por correo electrónico a las partes que lo hayan solicitado.
Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad.
RUC: 20-9-0000920-9
RIT: GR-11-00014-2020
CUANTÍA: 2.506,03 UTM
Detalle cuantía en UTM
Neto 1.055,71
Reajuste 83,4
Multa 683,46
Intereses 683,46
Proveyó Hugo Osorio Morales, Juez del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región
de Los Ríos. Autoriza Andrea Catril Beltrán, Secretaria Abogado del Tribunal Tributario y
Aduanero de la Región de los Ríos.
Hugo Alberto Osorio Morales
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez(S) Tribunal de los Rios
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Timbre Electrónico
2023-06-29T10:42:35-0400
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.