Vulneración de derechos
Tribunal Tributario y Aduanero de Los Ríos · RIT VD-11-00009-2024 · 17 de julio de 2024
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero de Los Ríos
- RIT
- VD-11-00009-2024
- RUC
- 24-9-0000542-2
- Fecha
- Servicio
- Servicio de Impuestos Internos
- Resultado
- No presentado
Normas que aplica
Texto de la sentencia
Valdivia, diecisiete de julio de dos mil veinticuatro
Proveyendo derechamente la presentación de Gonzalo Arancibia Astudillo, en
representación de Ricardo Jara Rodríguez, de 17.6.2024, que rola a fojas 1 y siguientes,
VISTOS Y CONSIDERANDO.
1.- Que, a través de la presentación de 17.6.2024 Gonzalo Arancibia Astudillo
interpuso una presentación a este Tribunal donde solicita la declaración de la vulneración de
derechos del artículo 8 bis, en la Resolución Exenta N ° 77324127648 de 3.6.2024.
2.- Que, en conformidad a lo dispuesto en los artículos 115 inciso 2 y 125 del Código
Tributario, y previo a proveer, el Tribunal, mediante resolución de 19.6.2024, a fojas 4,
ordenó al reclamante aclarar el organismo al cual dirigía su solicitud, aclarar el tipo de
procedimiento que invoca, acompañar la resolución reclamada y aclarar si el contribuyente
comparece personalmente o mediante un representante, debiendo en el primer caso firmar
su presentación y en el segundo, acreditar dicha representación. Lo solicitado al
contribuyente debía efectuarse en un plazo de 15 días hábiles, bajo el apercibimiento de tener
por no presentado el reclamo.
3.- Que, sin embargo, el reclamante no dio cumplimiento a lo ordenado. Lo anterior
consta de certificación de fojas 10 efectuada por la Secretaria del Tribunal.
4.- Que, atendido lo anterior, y conforme a lo dispuesto en el artículo 125 inciso
segundo del Código Tributario, se tendrá por no presentado el reclamo interpuesto por
Gonzalo Arancibia Astudillo, en representación de Ricardo Jara Rodríguez.
RESUELVO.
Téngase por no presentado el reclamo interpuesto por el Gonzalo Arancibia
Astudillo, en representación de Ricardo Jara Rodríguez.
Notifíquese la presente resolución a la reclamante, mediante carta certificada.
Certifíquese el envío de la carta.
RUC: 24-9-0000542-2
RIT: VD-11-00009-2024
Documento firmado electrónicamente por don/ña Hugo Alberto Osorio Morales, el 17-07-2024.
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Timbre Electrónico
Proveyó Hugo Osorio Morales, Juez del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región
de Los Ríos. Autoriza Andrea Catril Beltrán, Secretaria Abogado del Tribunal Tributario y
Aduanero de la Región de los Ríos.
Hugo Alberto Osorio Morales
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez(S) Tribunal de los Rios
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Timbre Electrónico
2024-07-17T10:56:47-0400
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.