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Reclamo tributario: tasación general bien raíz agrícola

Tribunal Tributario y Aduanero de Los Ríos · RIT GR-11-00034-2024 · 8 de enero de 2025

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero de Los Ríos
RIT
GR-11-00034-2024
RUC
24-9-0001387-2
Fecha
Materia
Tasación general bien raíz agrícola
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
No presentado

Normas que aplica

Texto de la sentencia

Valdivia, ocho de enero de dos mil veinticinco Proveyendo derechamente lo principal y primer otrosí de la presentación de Fernando Calderara Cea, en representación de Forestal Arauco SA, de 16.12.2024, que rola a fojas 1 y siguientes, VISTOS Y CONSIDERANDO 1. Que, a través de presentación de 16.12.2024, Fernando Calderara Cea interpuso reclamo ante este Tribunal en contra del reavalúo general de los siguientes bienes raíces agrícolas de la comuna de Los Lagos: rol 254-36, 252-128, 240-25, 245-21, 244-152, 246- 240, 246-663, 241-14, 241-145, 290-131, 234-23, 233-6, 77-6, 240-4, 234-13, 240-9, 240- 93, 246-175, 290-129, 290-132 y 233-10, que aumentó el avalúo de dichos inmuebles, solicitando se deje sin efecto y se mantenga el avalúo determinado con anterioridad. 2. Que, en conformidad a lo dispuesto en los artículos 115 inciso 2 y 125 del Código Tributario, y previo a proveer, el Tribunal, mediante resolución de 23.12.2024, a fojas 49, ordenó al reclamante acompañar copia de los certificados de avalúo donde se da cuenta de la determinación de valor impugnada. Lo anterior en un plazo de 5 días hábiles, bajo el apercibimiento de tener por no presentado el reclamo. 3. Que, sin embargo, y tal como consta de certificación de fojas 53 efectuada por la Secretaria del Tribunal, el reclamante no dio cumplimiento a lo ordenado. 4. Que, atendido lo anterior, y conforme a lo dispuesto en el artículo 125 inciso segundo del Código Tributario, se tendrá por no presentado el reclamo. RESUELVO Téngase por no presentado el reclamo interpuesto por Fernando Calderara Cea, en representación de Forestal Arauco SA. Notifíquese la presente resolución a la parte reclamante, mediante su publicación íntegra en el sitio internet de este Tribunal, , de acuerdo lo dispuesto en el artículo 131 bis del Código Tributario y en la resolución de fojas 37. RUC: 24-9-0001387-2 RIT: GR-11-00034-2024 Proveyó Hugo Osorio Morales, Juez del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de Los Ríos. Autoriza Andrea Catril Beltrán, Secretaria Abogada del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de los Ríos. Hugo Alberto Osorio Morales Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez(S) Tribunal de los Rios 2025-01-08T12:58:29-0300 FEA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.