Texto de la sentencia
Treinta y cinco -35-
“MORO INGENIERIA S.A. con SII Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur”
RUC N° 14-9-0000892-K
RIT N° GR-18-00284-2014
Santiago, quince de mayo de dos mil catorce.
VISTOS Y CONSIDERANDO:
1°) A fojas 1, comparece don Christian Aste Mejías, RUT N°10.823.135-1, en representación
convencional de Moro Ingeniería S.A., Rol único Tributario N°88.870.500-7, giro obras de ingeniería y
obras menores de construcción, ambos domiciliados en Ochagavía N°11.507, comuna de El Bosque y
para estos efectos en calle Cerro El Plomo N°5630, oficina 1601, Las Condes, deduciendo reclamo
tributario en contra de las Liquidaciones N°1 a 22, ambas inclusive, todas de fecha 23 de enero
de 2014, emitidas por el Jefe de Unidad de Fiscalización de San Bernardo, correspondiente a la XVI
Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur del Servicio de Impuestos Internos
2°) Que el artículo 115 del Código Tributario dispone que los Tribunales Tributarios y Aduaneros
conocen, en primera o única instancia, de las reclamaciones deducidas por los contribuyentes y de
las denuncias por infracción a las disposiciones tributarias.
Que el inciso 2° del mismo artículo establece que es competente para conocer de las
reclamaciones el Tribunal Tributario y Aduanero cuyo territorio jurisdiccional corresponda al de la
unidad del Servicio de Impuestos Internos que emitió la liquidación o giro o que dictó la resolución
en contra de la cual se reclame.
3°) Que, según el artículo 3° de la Ley N° 20.322, Orgánica de Tribunales Tributarios y Aduaneros,
el territorio jurisdiccional del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana
abarca el territorio de las comunas de Providencia, Las Condes, Vitacura, Lo Barnechea, Ñuñoa, La
Reina, Macul, Peñalolén, La Florida, Puente Alto, Pirque y San José de Maipo, que corresponde
al territorio jurisdiccional de la XV Dirección Regional Santiago Oriente del Servicio de Impuestos
Internos.
4°) Que la liquidación reclamada ha sido dictada por el Jefe de Unidad de Fiscalización de San
Bernardo, correspondiente a la XVI Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur del Servicio de
Impuestos Internos, por lo que su conocimiento debe quedar entregado al Tribunal Tributario y
Aduanero cuyo territorio jurisdiccional corresponda al de la Unidad del Servicio de Impuestos
Internos que dictó el acto reclamado.
Que, en mérito de lo antes expuesto y lo dispuesto en los artículos 5°, 7° y 108 del Código Orgánico
de Tribunales; artículo 115 del Código Tributario; artículos 1° y 3° de la Ley N° 20.322, Orgánica
de los Tribunales Tributarios y Aduaneros; y demás normas pertinentes,
SE RESUELVE:
Declárese que este Tribunal es incompetente para conocer el reclamo tributario deducido por don
Christian Aste Mejías, RUT N°10.823.135-1, en representación convencional de Moro Ingeniería S.A.,
Rol único Tributario N°88.870.500-7, giro obras de ingeniería y obras menores de construcción,
ambos domiciliados en Ochagavía N°11.507, comuna de El Bosque y para estos efectos en calle
Cerro El Plomo N°5630, oficina 1601, Las Condes, en contra de las Liquidaciones N°1 a 22, ambas
Documento firmado electrónicamente por don/ña Miguel Andrés Massone Pardo, el 15-05-2014.
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Timbre Electrónico
Treinta y cinco vuelta – 35 vta.-
inclusive, todas de fecha 23 de enero de 2014, emitidas por el Jefe de Unidad de Fiscalización de San
Bernardo correspondiente a la XVI Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur del Servicio de
Impuestos Internos.
ANÓTESE, REGÍSTRESE Y ARCHÍVESE EN SU OPORTUNIDAD, dejando los testimonios que resulten
procedentes.
NOTIFÍQUESE la presente resolución a la parte reclamante, mediante carta certificada remitida al
domicilio registrado en autos para tales efectos, y dese aviso a las direcciones de correos
electrónicos registradas para tales efectos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 131 bis del
Código Tributario.
Proveyó don Miguel Massone Pardo, Juez Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la
Región Metropolitana.
Autoriza don Cristhián Navarrete Cottet, Secretario Titular del Cuarto Tribunal Tributario y
Aduanero de la Región Metropolitana
Miguel Andrés Massone Pardo
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
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2014-05-15T13:31:15-0400
ATTA
SACTA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.