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Reclamo tributario: resolución

Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana · RIT GR-15-00098-2015 · 12 de octubre de 2016

Tribunal
Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana
RIT
GR-15-00098-2015
RUC
15-9-0000994-9
Fecha
Materia
Resolución
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
Desistimiento

Normas que aplica

Texto de la sentencia

ONCORED SPA con SII DIRECCION REGIONAL SANTIAGO NORTE RIT: GR-15-000098-2015 RUC 15-9-0000994-9 Santiago, doce de octubre de dos mil dieciséis Proveyendo escrito del Servicio de Impuestos Internos de 30 de septiembre de 2016, se resuelve: Estese a lo que se resolverá. Proveyendo escrito de la parte reclamante de 28 de septiembre de 2016, se resuelve: En consecuencia, resolviendo derechamente el incidente de desistimiento interpuesto por la reclamante el 28 de septiembre, CONSIDERANDO: Primero. Que la reclamante, ONCORED SPA RUT 76.181.326-9, domiciliada en Avenida ¨Pedro Fontova N° 6650 piso 3, Huechuraba, interpuso reclamo el 21 de agosto de 2015 en contra de la Resolución Ex. N° 515 de 30 de abril de 2015 del Servicio de Impuestos Internos Dirección Regional Santiago Norte. Segundo. Que el 28 de septiembre el abogado de la reclamante, don Cristian Bay- Schmith, presenta desistimiento, al cual el Servicio de Impuestos Internos, el 30 de septiembre, se allana. Tercero. Que del desistimiento tratan los artículos 148 a 151 del Código de Procedimiento Civil, aplicables a los procedimientos tributarios por disposición de los artículos 2 y 148 del Código Tributario. Cuarto. Que del tenor del desistimiento se desprende la intención inequívoca de la reclamante de no perseverar en la reclamación que dio inicio a este proceso, manifestación a la cual el Servicio, cuya actuación administrativa es objeto de revisión en esta sede jurisdiccional, se allana. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 2 y 148 del Código Tributario y artículos 148 a 151 del Código de Procedimiento Civil, SE RESUELVE: Se acepta el desistimiento presentado y se tiene en consecuencia por desistido a la reclamante del reclamo tributario de autos. Atendido el mérito de autos, se omite condenar en costas a las partes. Notifíquese la presente resolución mediante carta certificada y por la publicación de su texto íntegro en el sitio de internet del Tribunal. Dese aviso a los correos electrónicos registrados. Déjese testimonio en el expediente. Documento firmado electrónicamente por don/ña Luis Alfonso Pérez Manríquez, el 12-10-2016. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación b0498d31-92b7-4abd-8423-46b1ff1900e0 Timbre Electrónico Proveyó don LUIS ALFONSO PEREZ MANRIQUEZ, Juez del Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. Autoriza don FELIPE MUNOZ ALBONICO, Secretario del Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. Luis Alfonso Pérez Manríquez Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal R. Metropolitana. Primero Documento firmado electrónicamente por don/ña Luis Alfonso Pérez Manríquez, el 12-10-2016. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación b0498d31-92b7-4abd-8423-46b1ff1900e0 Timbre Electrónico 2016-10-12T11:30:39-0300 ATTA SACTA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.