Texto de la sentencia
VALENZUELA FIGUEROA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO
ORIENTE
RUC 18-9-0000300-1
RIT ES-15-00030-2018
Santiago, veintiuno de junio de dos mil dieciocho
Proveyendo el escrito del Servicio de Impuestos Internos de 14 de junio de 2018 a fojas 20,
se resuelve:
Téngase por respondido el traslado.
Proveyendo derechamente el escrito de la reclamante de 12 de junio de 2018 a fojas 17,
Vistos y considerando:
Primero. Que la reclamante MARÍA VALENZUELA FIGUEROA, RUT 12.463.518-7,
domiciliada en San Pío X N° 2460 oficina 1508, Providencia, interpuso reclamo el
20 de abril de 2018 en contra de la Infracción N° 1035745, de 20 de octubre de
2017, del Servicio de Impuestos Internos Dirección Regional Oriente.
Segundo. Que el 12 de junio de 2018 a fojas 17, la reclamante presenta desistimiento,
al cual el Servicio se allana el 14 de junio a fojas 20.
Tercero. Que del desistimiento tratan los artículos 148 a 151 del Código de
Procedimiento Civil, aplicables a los procedimientos tributarios por disposición de
los artículos 2 y 148 del Código Tributario.
Cuarto. Que, del tenor del desistimiento de la reclamante, se desprende la intención
inequívoca de no perseverar en la reclamación tributaria que dio inicio a este
proceso
Quinto. Que por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto
en los artículos 2 y 148 del Código Tributario y artículos 148 a 151 del Código de
Procedimiento Civil,
SE RESUELVE:
Se acepta el desistimiento presentado y se tiene en consecuencia por desistido a la
reclamante del reclamo tributario de autos.
Atendido el mérito de autos, se omite condenar en costas a las partes.
Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad.
Documento firmado electrónicamente por don/ña Luis Alfonso Pérez Manríquez, el 21-06-2018.
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3b04e41c-9246-4e5c-90ef-c9e22ec128db
Timbre Electrónico
Notifíquese la presente resolución mediante carta certificada y por la publicación de su texto
íntegro en el sitio de internet del Tribunal. Dese aviso a los correos electrónicos registrados.
Déjese testimonio en el expediente.
Proveyó don LUIS ALFONSO PÉREZ MANRÍQUEZ, Juez Titular del Primer Tribunal
Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana.
Autoriza don FELIPE MUÑOZ ALBÓNICO, Secretario Titular del Primer Tribunal Tributario
y Aduanero de la Región Metropolitana.
Luis Alfonso Pérez Manríquez
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Primero
Documento firmado electrónicamente por don/ña Luis Alfonso Pérez Manríquez, el 21-06-2018.
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Timbre Electrónico
2018-06-21T09:24:31-0400
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.