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Reclamo tributario: resolución

Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana · RIT GR-15-00038-2018 · 21 de junio de 2018

Tribunal
Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana
RIT
GR-15-00038-2018
RUC
18-9-0000340-0
Fecha
Materia
Resolución
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
Desistimiento

Normas que aplica

Texto de la sentencia

“JULIO ALFONSO DITTBORN CHADWICK con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE” RUC N°:18-9-000340-0 RIT N°:GR-15-00038-2018 Santiago, veintiuno de junio de dos mil dieciocho Vistos y considerando: PRIMERO: Que con fecha 17 de mayo de 2018, rolante a fojas 01 y siguientes, doña Marcela Garay Illanes, cédula de Identidad Nº13.515.444-K, en calidad de mandatario Judicial de don JULIO ALFONSO DITTBORN CHADWICK, RUT N°15.382.118-6, ( en adelante la Reclamante),Chileno, domiciliado para estos efectos en calle Aurelio Gonzalez N°3390 piso 6 ,Comuna de Vitacura, Ciudad de Santiago, la cual interpone reclamación Tributaria en procedimiento General de Reclamación en contra de la Resolución Exenta N°187 de fecha 23 de enero de 2018,emanada de la Subdirección de Fiscalización del Servicio de Impuestos Internos, la cual fue notificada con fecha 29 de enero del presente año(resolución reclamada).Solicitando que se acoja íntegramente el reclamo Tributario y, en definitiva, hacerle lugar en todas sus partes, dejando sin efecto la resolución reclamada y disponiendo , en su lugar, la Devolución del Impuesto Único y Sustitutivo pagado en exceso o el monto que este Tribunal estime procedente, con costas. SEGUNDO: A fojas 237 de fecha 19 de junio de 2018 la reclamante mediante escrito de presentación promueve el desistimiento expresamente del reclamo interpuesto en autos en contra de la Resolución N°187 de fecha 23 de enero de 2018 del Servicio de Impuestos Internos. TERCERO: A fojas 238 de fecha 19 de junio del año en curso, este Tribunal otorgo el Traslado al Servicio del desistimiento antes señalado. CUARTO: A fojas 240 de fecha 20 de junio de 2018, el Servicio de Impuestos internos, evacua el traslado conferido señalando que esta parte no se opone al desistimiento del reclamo solicitado por el contribuyente JULIO ALFONSO DITTBORN CHADWICK, RUT N°15.382.118-6. QUINTO: A fojas 241 de fecha 21 de junio del presente año, consta resolución emitida por este Tribunal, la cual resolvió tener por evacuado el traslado conferido por parte del Servicio de Impuestos Internos. SEXTO: Que del desistimiento tratan los artículos 148 a 151 del Código de Procedimiento Civil, aplicables a los procedimientos tributarios por disposición de los artículos 2 y 148 del Código Tributario. SÉPTIMO: Que, del tenor literal de las presentaciones antes individualizadas se desprende la intención inequívoca de la contribuyente de no perseverar en la reclamación tributaria que dio inicio a este proceso, manifestación de voluntad a la cual no se opone el Servicio cuya actuación administrativa es objeto de revisión en esta sede jurisdiccional. Documento firmado electrónicamente por don/ña Luis Alfonso Pérez Manríquez, el 21-06-2018. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación c7242c35-c8d5-49a6-adfe-67e6e23b86de Timbre Electrónico Por estas consideraciones de hecho y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 2 y 148 del Código Tributario y artículos 148 a 151 del Código de Procedimiento Civil. SE RESUELVE: Se acepta el DESISTIMIENTO presentado y se tiene en consecuencia POR DESISTIDO a la parte reclamante, ya individualizada, del reclamo tributario que dio inicio a este proceso. Atendido el mérito de autos, se omite condenar en costas a las partes. Notifíquese la presente resolución a la reclamante por carta certificada y a la reclamada mediante la publicación de su texto íntegro en el sitio de internet del Tribunal. Asimismo, dese aviso a las direcciones de correo electrónico registradas en este proceso. Déjese testimonio en el expediente y en el sitio web. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Proveyó don LUIS ALFONSO PÉREZ MANRÍQUEZ, Juez Titular del Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. Autoriza don FELIPE MUÑOZ ALBÓNICO, Secretario Titular del Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. “JULIO ALFONSO DITTBORN CHADWICK con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE” RUC N°:18-9-000340-0 RIT N°:GR-15-00038-2018 Luis Alfonso Pérez Manríquez Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal R. Metropolitana. Primero Documento firmado electrónicamente por don/ña Luis Alfonso Pérez Manríquez, el 21-06-2018. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación c7242c35-c8d5-49a6-adfe-67e6e23b86de Timbre Electrónico 2018-06-21T11:20:32-0400 FEA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.