Reclamo tributario: liquidación
Tribunal Tributario y Aduanero de Tarapacá · RIT GR-02-00023-2019 · 4 de febrero de 2020
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero de Tarapacá
- RIT
- GR-02-00023-2019
- RUC
- 19-9-0000839-5
- Fecha
- Materia
- Liquidación
- Servicio
- Servicio de Impuestos Internos
- Resultado
- Desistimiento
Normas que aplica
Texto de la sentencia
CIENTO TREINTA Y TRES -133-
Iquique, cuatro de febrero de dos mil veinte.
Proveyendo a fojas 132; TÉNGASE por evacuado el traslado
conferido a fojas 130 a la reclamada, y por ALLANADA al desistimiento
promovido por la reclamante.
Resolviendo derechamente el incidente de desistimiento deducido
por la reclamante a fs. 129:
Atendido el mérito de los antecedentes; en especial incidente de
desistimiento interpuesto por la reclamante a fs. 129 y allanamiento a dicha
solicitud por la parte reclamada a fs. 132 y de conformidad a lo dispuesto en los
artículos 148 y 150 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve:
TÉNGASE a la parte reclamante por DESISTIDA del reclamo de
autos, SIN COSTAS por no haberse solicitado por el SII.
NOTIFÍQUESE a la parte reclamante por carta certificada y a la
reclamada mediante su publicación en el sitio en Internet de este Tribunal.
DÉJESE testimonio; REGÍSTRESE y en su oportunidad, ARCHÍVESE.
RUC : 19-9-0000839-5
RIT : GR-02-00023-2019
PRONUNCIADA POR EL JUEZ TITULAR DEL TRIBUNAL TRIBUTARIO Y
ADUANERO DE TARAPACÁ DON MARIO GUZMÁN CORTES. AUTORIZA LA
SECRETARIA ABOGADA TITULAR DOÑA LUCY OLIVARES VICENTELO.
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DISTRIBUCIÓN:
-Expediente Original.
-Interesado.
-Registro de Fallos.
Mario Segundo Guzman Cortes
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal Tarapacá
Documento firmado electrónicamente por don/ña Mario Segundo Guzman Cortes, el 04-02-2020.
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af930064-ebf9-4087-8964-561ff105e882
Timbre Electrónico
2020-02-04T11:14:21-0300
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.