Contraloría General de la República · N° 033629N16
Dictamen N° 33.629, de 6 de mayo de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 33.629 Fecha: 06-V-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo instruido con motivo de los daños ocasionados en las motocicletas fiscales M-4484 y M-5002, conducidas por sus funcionarios, señores Samuel Alejandro Cuevas Vargas y Álvaro Gustavo Quezada Mondaca, respectivamente, a objeto que, conforme con lo establecido en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sean exonerados de responsabilidad civil. Sobre el particular, cabe anotar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 27 de mayo de 2013, mientras dichos servidores efectuaban una práctica de conducción en el interior del Parque Bicentenario, en la comuna de Cerrillos, perdieron el control de esos vehículos, colisionando. En este sentido, es dable expresar que producto de sus daños, esas motocicletas fueron dadas de baja, como consta en la orden N° 109, de 2013, de la Dirección Nacional de Logística. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, según se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, en atención a que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil a los señores Samuel Alejandro Cuevas Vargas y Álvaro Gustavo Quezada Mondaca, por los daños ocasionados en las motocicletas fiscales M-4484 y M-5002, respectivamente. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 033629N16, de 6 de mayo de 2016.
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