Contraloría General de la República · N° 005686N11
Dictamen N° 5.686, de 28 de enero de 2011
Texto del pronunciamiento
N°5.686 Fecha: 28-I-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Exequiel Segundo González Orellana, para solicitar el pago del aguinaldo de Fiestas Patrias que, a su juicio, le correspondería mientras prestó servicios en el Cuerpo Militar del Trabajo. Requerido su informe, ese organismo castrense señaló, en síntesis, que la ley N° 20.403, que otorgó el estipendio que se reclama, no es aplicable a los servidores regidos por el Código del Trabajo. Sobre el particular, cabe manifestar, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 6° del D.F.L. N° 200, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que la Jefatura del Cuerpo Militar del Trabajo se encuentra facultada para contratar personal afecto a las normas del Código del Trabajo. Por otra parte, es menester indicar que el artículo 8° de la citada ley N° 20.403, otorgó un aguinaldo de Fiestas Patrias a los trabajadores que señala, entre los que no se encuentran aquellos contratados conforme al mencionado Código, según se informó en el dictamen N° 13.419, de 2010, de este origen, entre otros. En consecuencia, cabe concluir que los trabajadores del Cuerpo Militar del Trabajo, contratados bajo las normas del Código Laboral, no tienen derecho a percibir el aguinaldo de fiestas patrias establecido en el artículo 8° de la ley N° 20.403. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 005686N11, de 28 de enero de 2011.
Más sobre Bonos, Aguinaldos y Reajustes
-
La Contraloría concluye que la pensión por enfermedad terminal no equivale a la de invalidez para el bono de la ley N° 20.305, pero excepcionalmente reconoce ese derecho a los funcionarios certificados como enfermos terminales si cumplen los requisitos del artículo 89 de la ley N° 21.724.
-
La Contraloría concluye que los trabajadores de los Centros de Formación Técnica Estatales no tienen derecho a los bonos de vacaciones y de término de conflicto, porque la ley N° 21.724 no incluye a esas entidades entre sus beneficiarios.
-
La Contraloría corrige el anexo N° 1 de su instructivo sobre la ley N° 21.806, precisando los montos de la Bonificación Compensatoria Previsional del artículo 11 de la ley N° 18.675 aplicables a los directivos profesionales, y adjunta el anexo corregido, actualizado en su sitio web.
Todos los pronunciamientos sobre Bonos, Aguinaldos y Reajustes
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Remuneraciones y Derechos Funcionarios, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Remuneraciones y Derechos Funcionarios¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.