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Contraloría General de la República · N° E420860N23

Dictamen N° E420860, de 27 de noviembre de 2023

Sumario

La Contraloría no da curso al instrumento que deja sin efecto la resolución anterior y aprueba la liquidación final del contrato, porque la respuesta del servicio no subsana todas las observaciones sobre partidas y montos pagados en exceso.

Texto del pronunciamiento

N° E420860 Fecha: 27-XI-2023 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del epígrafe, a través del cual se deja sin efecto la resolución que indica -representada por los oficios N os E63105, de 2020, y E167887, de 2021-, y aprueba liquidación final del contrato “Mejoramiento Área de Movimiento Pista 17R-35L Aeropuerto Arturo Merino Benítez”, representada, a su vez, por oficio N° E370388, de 2023, de este origen, por cuanto lo manifestado en la minuta de respuesta suscrita el 17 de octubre de 2023, por el Jefe del Departamento de Contratos de la Dirección de Aeropuertos, y sus antecedentes adjuntos, no permiten subsanar todas las observaciones formuladas. En efecto, acerca de la determinación de las partidas de obra y los montos que respecto de cada partida se pagaron en exceso, si bien esta vez la tercera columna de la tabla “Recuperación de reajuste por estado de pago”, incorporada en el punto 2 de la minuta deja constancia de los montos en exceso recuperados, no se esclarece la razón por la cual algunos montos tienen IVA y otros no. Además, los montos de esa tercera columna correspondiente al estado de pago N° 11 no aparecen indicados en el Anexo N° 1 de este mismo estado de pago. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República. JUAN CARLOS LILLO VALENZUELA Subjefe de División

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° E420860N23, de 27 de noviembre de 2023.

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