Contraloría General de la República · N° E131825N21
Dictamen N° E131825, de 20 de agosto de 2021
Texto del pronunciamiento
N° E131825 Fecha: 20-VIII-2021 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba la liquidación final del contrato “Reposición Ruta 5 Norte, Sector Los Marios – Agua Verde, Tramo KM. 1.121,300 – KM. 1.154,100 Provincia de Antofagasta, Región de Antofagasta”, en atención a las siguientes observaciones: 1.- No se acompaña copia del presupuesto de la oferta económica del contratista -esencial para validar los aumentos y disminuciones de obra verificados durante el desarrollo del contrato-. 2.- Se requiere una minuta explicativa acerca del fundamento de la primera modificación del contrato -aprobada por la resolución exenta N° 4.798, de 2017, que originó un incremento efectivo de $ 2.701.591.725-, toda vez que si bien, en la documentación remitida, se evidencia que se efectuó un levantamiento topográfico -no acompañado-, mediante el cual se detectaron “diversas situaciones” que dificultan la materialidad de algunos sectores, no ha sido posible dilucidar la solución final que se adoptó para superar tal circunstancia. 3.- No se adjuntan los Nomogramas de Heukelom -relativos a la calidad del cemento asfáltico CA 24- requeridos en el punto 2 de las especificaciones técnicas especiales de las partidas 408-1 “Concreto Asfáltico de Rodadura”, 408-2 “Concreto Asfáltico Capa Intermedia”, 408-3 “Base Asfáltica en Caliente de Graduación Gruesa” y 408-4 “Base Asfáltica en Caliente de Graduación Abierta”. 4.- En algunos de los estados de pago se ha omitido la certificación del inspector fiscal y/o la documentación que acredite el cumplimento de obligaciones laborales y previsionales, tales como los N os 2, 6, 18 y 19. 5.- En el Anexo N° 3 del estado de pago N° 3, los montos expresados en el apartado “Detalle del estado de retenciones del contrato” son erróneos. 6.- Los estados de pago Nos 15 y 21 carecen de fecha. Por último, corresponde que se remita la garantía de fiel cumplimiento y las pólizas de seguro de responsabilidad civil ante terceros y contra todo riesgo de construcción, a fin de corroborar que se dio cumplimiento a las exigencias de plazo y monto establecidas en el punto 5.4 de las bases administrativas tipo -aprobadas por resolución N° 258 de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas-. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Subjefe de División
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E131825N21, de 20 de agosto de 2021.
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