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Contraloría General de la República · N° 006247N10

Dictamen N° 6.247, de 3 de febrero de 2010

Texto del pronunciamiento

N° 6.247 Fecha: 03-II-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña María Angélica Faúndez Contreras, funcionaria del Hospital San Juan de Dios, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, solicitando un pronunciamiento que determine si es posible no aceptar un cargo de la planta profesional, al cual accedió mediante un proceso de encasillamiento, y mantener su actual plaza en el estamento técnico de la institución. Lo anterior, por cuanto desconocía el hecho de que el empleo obtenido le significaría un menoscabo en su remuneración mensual, pues no recibirá asignaciones de turnos. Requerido de informe, el mencionado Servicio de Salud ha manifestado, en síntesis, que producto del proceso de encasillamiento llevado a cabo en el mismo, la solicitante obtuvo un cargo profesional grado 16 de la E.U.S., situación que fue formalizada a través de la resolución Nº 199, de 2009, tomada razón por este Ente Contralor con fecha 16 de octubre de 2009, estableciéndose en tal documento que dicha designación rige a contar del 27 de julio del mismo año. Agrega la autoridad que la afectada no asumió en propiedad las funciones correspondientes al aludido cargo profesional, y a la espera de lo que resuelva este Órgano de Control sobre su presentación, ha mantenido sus labores de técnico paramédico. Sobre el particular, cumple informar que el inciso 3° del artículo 16 de la ley N° 18.834, prevé que en los casos en que el funcionario notificado de que debe asumir sus nuevas funciones no asumiere el cargo dentro de tercero día contado desde la fecha que correspondiere, el nombramiento quedará sin efecto por el solo ministerio de la ley, debiendo la autoridad pertinente comunicar esta circunstancia a la Contraloría General de la República. Acorde con lo preceptuado en tal disposición, y en armonía con lo informado por el aludido Servicio, en orden a que la recurrente no asumió el cargo profesional en el que fue designada, el nombramiento de aquélla en dicha planta, no ha podido materializarse, y, por consiguiente, esa servidora ha debido mantener su actual posición en la planta técnica. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 006247N10, de 3 de febrero de 2010.

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