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Contraloría General de la República · N° 059509N15

Dictamen N° 59.509, de 27 de julio de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 59.509 Fecha : 27-VII-2015 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba el traspaso de acciones de Asociación de Canalistas Sociedad del canal de Maipo a la Universidad de Chile, por cuanto se ajusta a derecho, correspondiendo añadir que las acciones de la empresa Eléctrica Puntilla S.A., fueron traspasadas a esa casa de estudios superiores con fecha 24 de febrero de 2014, tal como se menciona en el considerando N° 5 del acto en estudio. Al respecto, y tal como previno el oficio N° 90.169, de 2014, de este origen -mediante el cual se tomó razón de la resolución de la citada universidad que aprobó el contrato que sirve de fundamento al traspaso de acciones ahora en análisis-, cabe reiterar que los valores mobiliarios debían enajenarse por esa casa de estudios dentro del plazo de un año contado desde su recepción, acorde a los términos descritos en el artículo único de la ley N° 18.965, sin perjuicio de, transcurrido tal lapso, someterse a las restricciones en relación al ejercicio de los derechos societarios, contempladas en esa disposición. En ese sentido, es dable indicar que el aludido precepto prescribe que “Si transcurriere el plazo de un año sin que se enajenasen, aquellos derechos tampoco podrán ejercerse para concurrir a votaciones y decisiones propias de la administración de las sociedades, incluso en juntas de accionistas. Los quórum y mayorías legales se calcularán sin considerar esas acciones.”. Así, de los antecedentes tenidos a la vista se observa que no se han enajenado las pertinentes acciones dentro del referido período, por lo cual la Universidad de Chile deberá adoptar a la brevedad las medidas necesarias a fin de cumplir con la señalada obligación en los términos expuestos, informando de ello a la Unidad de Seguimiento de la División de Auditoría Administrativa de esta Contraloría General. Transcríbase a la Superintendencia de Valores y Seguros y a la Unidad de Seguimiento de la División de Auditoría Administrativa de esta Contraloría General. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 059509N15, de 27 de julio de 2015.

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