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Contraloría General de la República · N° 030637N11

Dictamen N° 30.637, de 13 de mayo de 2011

Texto del pronunciamiento

N° 30.637 Fecha: 13-V-2011 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-4159, de cargo de la Tenencia La Victoria, de la 11 a Comisaría Lo Espejo, conducido por el funcionario de esa institución policial, señor Cristian Marchant Marchant, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél. Sobre el particular, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 8 de enero de 2010, mientras el aludido funcionario, acompañado de otro servidor, efectuaba en el aludido móvil un patrullaje preventivo, desplazándose por la calle Primero de Mayo, al llegar a la intersección con la calle Aurora de Chile, en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, divisa un vehículo particular que circulaba por esta última vía, sin sus placas patentes, iniciando su persecución, la que finalizó en la calle Santo Domingo, de la comuna de Santiago, lugar en el cual el automóvil que seguía se detuvo por enfrentar luz roja del semáforo, instante en el cual, y con la finalidad de darse a la fuga, el conductor de este último, efectúa una maniobra antirreglamentaria de retroceso, colisionando al furgón policial en su parte frontal, lo que el Departamento de Investigaciones de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 2, de 2010, incorporado a fojas 69 a 72 de autos, estableció como causa basal del accidente. La situación descrita produjo un perjuicio al patrimonio fiscal que, según el Certificado N° 363, de 2010, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, dependiente del Departamento de Transportes, que rola a fojas 140 a 143 de autos, ascendió a la suma de $3.120.030, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, se debe expresar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Carabinero, señor Cristian Marchant Marchant, por los daños ocasionados al vehículo fiscal Z- 4159. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 030637N11, de 13 de mayo de 2011.

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