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Contraloría General de la República · N° 036901N13

Dictamen N° 36.901, de 11 de junio de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 36.901 Fecha: 11-VI-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados a la camioneta fiscal AP-1455, conducida por su funcionario, señor Claudio Orlando Pinilla Bustos, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 15 de septiembre de 2012, ese servidor dejó estacionado el referido móvil en el costado derecho de la calle Manuel Rodríguez, frente al N° 683 de esa vía, en la comuna de San Ignacio, instante en el cual es chocado por un automóvil particular, cuyo chofer lo hacía en estado de intemperancia alcohólica, por lo que se percató tardíamente de la presencia y proximidad de la camioneta fiscal, lo que la Subcomisaría I.A.T. y Carreteras Ñuble, en su oficio N° 10, de 2012, estableció como causa del accidente, efectuándose la respectiva denuncia ante la Fiscalía Local de Bulnes. Los daños producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 17, de 2013, de la Zonal de Mantenimiento de Vehículos Concepción, ascendieron a la suma de $4.990.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de la documentación tenida a la vista, se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Claudio Orlando Pinilla Bustos, por los daños producidos en la camioneta fiscal AP-1455; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que al interesado pudiere asistirle en el hecho descrito. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 036901N13, de 11 de junio de 2013.

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