Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 059746N11

Dictamen N° 59.746, de 21 de septiembre de 2011

Texto del pronunciamiento

N° 59.746 Fecha: 21-IX-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Roberto Rubilar Figueroa, Profesor Adjunto Categoría I, contratado por 16 horas en la Universidad de Santiago de Chile, para señalar que se presentó al concurso para la provisión del cargo de jefe del departamento de recursos humanos de la División de Administración General del Ministerio de Educación; no obstante, esa Secretaría de Estado le comunicó que había sido eliminado del certamen debido a que no cumplía con el requisito de estar calificado en lista N° 1, puesto que no lo habría acreditado, decisión con la que no concuerda, por las razones que expone. Requerido su informe, esa repartición indicó, en síntesis, que a principios de esta anualidad convocó a un concurso para la plaza de jefe de departamento, tercer nivel jerárquico, que menciona el interesado y, dado que éste sólo acreditó una calificación otorgada por la aludida Universidad para el período 2004-2005, su postulación fue rechazada. Al respecto, cabe manifestar que el inciso primero del artículo 8° de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, dispone que los cargos de jefes de departamento y los de niveles de jefaturas jerárquicos equivalentes de los ministerios y servicios públicos, son de carrera y se someten a la normativa que ese precepto especifica. A su turno, la letra a) de la citada norma, prescribe que la provisión de esos cargos se hará por concurso, en el que podrán participar los funcionarios de planta y a contrata de todos los ministerios y servicios regidos por el Estatuto Administrativo, que cumplan con los requisitos correspondientes, se encuentren calificados en lista N° 1, de distinción y no estén afectos a las inhabilidades establecidas en el artículo 55 del mismo texto legal. Acto seguido, es útil destacar que el artículo 162, letra a), de la ley N° 18.834, previene, en lo que interesa, que los académicos de las Instituciones de Educación Superior se regirán por sus estatutos de carácter especial, y se sujetarán a las disposiciones del Estatuto Administrativo en los aspectos o materias no regulados por sus cuerpos normativos especiales. En ese orden de ideas, esta Entidad de Control ha concluido en el dictamen N° 44.612, de 2005, que en los organismos en que las relaciones con su personal se rigen no sólo por el Estatuto Administrativo, sino que también por otros cuerpos estatutarios especiales, que contienen normas particulares en materia de carrera funcionaria -como ocurre con la Universidad de Santiago de Chile- las disposiciones del artículo 8° de la ley N° 18.834 deben ser interpretadas tomando en consideración esa circunstancia, de manera que el sentido que se le atribuya a ese precepto legal debe armonizar con el tratamiento especial que el ordenamiento jurídico hace de determinados estamentos. De este modo, prosigue la citada jurisprudencia, es dable colegir que cuando el aludido artículo 8° establece que pueden participar en el concurso para jefes de departamento, los funcionarios de planta y a contrata de todos los ministerios y servicios regidos por el Estatuto Administrativo, el universo de eventuales postulantes debe quedar limitado a los servidores de planta y a contrata que se rigen por la normativa de la ley N° 18.834, excluyendo a aquellos que, al menos en materia de carrera funcionaria, se regulan por las disposiciones de estatutos especiales y de personal, como sucede, en la especie, con los académicos de las Instituciones de Educación Superior. Precisado lo anterior, y considerando los antecedentes aportados, esta Contraloría General cumple con manifestar que el recurrente, atendida su condición de docente de la Universidad de Santiago de Chile, sujeto, entre otros, al Estatuto Orgánico de esa Institución de Educación Superior, fijado por el D.F.L. N° 149, de 1981, del Ministerio de Educación y al Reglamento de Evaluación y Calificación del Desempeño Académico, aprobado por la resolución exenta N° 5.949, de 2009, de esa Casa de Estudios, no se rige por la ley N° 18.834, sino en lo que no haya sido previsto y no se contraponga con la preceptiva de sus estatutos especiales. En consecuencia, cabe concluir que el señor Rubilar Figueroa no podía participar en el concurso para jefe de departamento en estudio, por lo que se ajusta a derecho que ese Ministerio procediera a excluirlo del mismo, resultando, por consiguiente, innecesario que esta Entidad Fiscalizadora se pronuncie sobre la eventual acreditación de las calificaciones del interesado en dicho certamen. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 059746N11, de 21 de septiembre de 2011.

Artículos que cita

Más sobre Concursos, Ascensos y Alta Dirección Pública

  • 20 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF198521

    La Contraloría rechaza la reconsideración y confirma que, para postular a jefaturas desde una contrata, los tres años previos pueden incluir períodos como titular o suplente si hay continuidad e inmediatez con la contrata posterior.

  • 20 de agosto de 2026

    Dictamen N° OF158348

    La Contraloría concluye que la Subsecretaría de Relaciones Exteriores actuó correctamente al declarar inadmisible la postulación del recurrente a la Academia Diplomática, pues su documentación no cumplió los requisitos de las bases, por lo que desestima el reclamo.

  • 29 de julio de 2026

    Dictamen N° D387

    La Contraloría concluye que la Secretaria Técnica del Consejo de Alta Dirección Pública, aunque formalmente de exclusiva confianza, puede recibir las bonificaciones por retiro de las leyes N° 19.882 y N° 20.948, aplicando una excepción a la regla general, por sus rasgos de estabilidad y continuidad.

Todos los pronunciamientos sobre Concursos, Ascensos y Alta Dirección Pública

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Empleo Público, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Empleo Público

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium