Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 054522N13

Dictamen N° 54.522, de 26 de agosto de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 54.522 Fecha : 26-VIII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, con el objeto de solicitar la aclaración del dictamen N° 13.923, de 2013, de este origen, en cuanto a si la señora Sally Díaz Chiesa está habilitada para seguir participando del certamen destinado a proveer una plaza de Jefe de Departamento, petición que en los mismos términos plantea la Asociación de Funcionarios de Empleados Civiles de ese organismo. Sobre el particular, cabe hacer presente que el oficio en comento ordenó, en lo que interesa, retrotraer el proceso concursal para proveer la plaza de Jefe de Departamento de Presupuestos, ya que éste debía regirse por el artículo 8° de la ley N° 18.834, lo que no había sucedido. Señala la entidad ocurrente, que dicha servidora no fue calificada en la municipalidad en que laboraba con anterioridad, pues formaba parte de su Junta Calificadora y, por ende, no reuniría uno de los requisitos contemplados en el anotado artículo 8° del Estatuto Administrativo, esto es, estar evaluada en lista Nº 1, de distinción y, además, no encontrarse afecta a las inhabilidades establecidas en el artículo 55 de igual texto legal, las que, en lo pertinente, se relacionan con el hecho de poseer cierta calificación en los lapsos que allí se indican. En relación con la materia, es necesario puntualizar que según el artículo 31 de la ley N° 18.883 -Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales-, los miembros del respectivo cuerpo colegiado serán calificados por el Alcalde, mandato legal que, de los antecedentes tenidos a la vista, no consta que esta última autoridad haya cumplido. Como puede advertirse, la falta de evaluación no se debe al hecho de que por haber integrado la mencionada Junta, estaría exenta de calificación, como lo entiende la citada Subsecretaría, sino que a una omisión por parte de la superioridad que se encontraba obligada a ello. En este contexto, se debe destacar que la falta de la referida exigencia de evaluación, es consecuencia de una inactividad o negligencia de la Administración, en la que no le asiste responsabilidad a la postulante en cuestión, por lo que en armonía con el razonamiento sostenido en el dictamen N° 55.070, de 2012, de este origen, aquélla no puede redundar en un perjuicio para ella y convertirse en un impedimento para su participación en el certamen de que se trata. Finalmente, acerca de lo sostenido por la citada asociación de funcionarios en orden a que la señora Díaz Chiesa no cumpliría la otra condición establecida en el nombrado artículo 8°, esto es, desempeñarse como funcionaria de planta o a contrata en alguno de los ministerios y servicios regidos por el Estatuto Administrativo, corresponde expresar que la interesada al momento de su postulación, pertenecía a la planta de la mencionada Subsecretaría, pues ejercía la enunciada jefatura de departamento en calidad de suplente, motivo por el cual se desestima la alegación formulada en ese sentido, y se aclara el dictamen N° 13.923, de 2013, de este origen. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 054522N13, de 26 de agosto de 2013.

Artículos que cita

Más sobre Concursos, Ascensos y Alta Dirección Pública

  • 20 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF198521

    La Contraloría rechaza la reconsideración y confirma que, para postular a jefaturas desde una contrata, los tres años previos pueden incluir períodos como titular o suplente si hay continuidad e inmediatez con la contrata posterior.

  • 20 de agosto de 2026

    Dictamen N° OF158348

    La Contraloría concluye que la Subsecretaría de Relaciones Exteriores actuó correctamente al declarar inadmisible la postulación del recurrente a la Academia Diplomática, pues su documentación no cumplió los requisitos de las bases, por lo que desestima el reclamo.

  • 29 de julio de 2026

    Dictamen N° D387

    La Contraloría concluye que la Secretaria Técnica del Consejo de Alta Dirección Pública, aunque formalmente de exclusiva confianza, puede recibir las bonificaciones por retiro de las leyes N° 19.882 y N° 20.948, aplicando una excepción a la regla general, por sus rasgos de estabilidad y continuidad.

Todos los pronunciamientos sobre Concursos, Ascensos y Alta Dirección Pública

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Empleo Público, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Empleo Público

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium