Contraloría General de la República · N° 002572N16
Dictamen N° 2.572, de 12 de enero de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 2.572 Fecha: 12-I-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que aprueba el convenio ad referéndum N° 4 relativo a la consultoría “Asesoría de proyecto en etapa de construcción embalse Chacrillas, región de Valparaíso”, por cuanto no existe un debido fundamento acerca del modo en que se valorizó el gasto que demanda la presente modificación ni de las razones por las cuales esa repartición efectúa un reparto proporcional del gasto incurrido en la totalidad de las labores para determinar el incremento que se sanciona, si se tiene presente que la cláusula quinta del convenio celebrado por trato directo -que dio origen a la singularizada consultoría-, contempla la modalidad de tarifas profesionales a los precios unitarios allí señalados, distinguiendo entre honorarios en terreno y en gabinete. Luego, es dable añadir que no se acompaña la rendición de horas y los estados de pagos asociados a los servicios cancelados previo a la variación pactada en la especie. Enseguida, no se advierten los motivos por los que el convenio N° 3 no fue sometido al trámite de toma de razón, toda vez que incorporó cuatro profesionales a solicitud de la consultora, constituyendo una modificación de la asesoría inicialmente pactada. A su vez, esa dirección deberá acompañar, junto con el ingreso del acto administrativo que apruebe la modificación del contrato, copia de los documentos citados en el considerando de la resolución exenta N° 8.103, de 2014, de esa repartición, que sancionó el mencionado convenio N° 3. Por último, de los antecedentes tenidos a la vista, cabe señalar que la obra a la que accede la asesoría, tiene como fecha de finalización el 15 de julio de 2015, no obstante lo cual el plazo de la consultoría solo se aumenta hasta el 29 de abril del mismo año. Lo anterior, máxime si se considera, de acuerdo a la cláusula segunda del pacto, que la asesoría de proyecto debe acompañar el proceso constructivo. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 002572N16, de 12 de enero de 2016.
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