Contraloría General de la República · N° E535615N24
Dictamen N° E535615, de 3 de septiembre de 2024
Sumario
La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba el convenio y su addendum para ejecutar obras de conservación por emergencia, aunque instruye que en lo sucesivo se precise mejor la descripción de las obras a ejecutar.
Texto del pronunciamiento
N° E535615 Fecha:03-IX-2024 Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba convenio ad-referéndum y addendum N°1, para la ejecución de la obra “Conservación por Emergencia Defensas Fluviales, Encauzamiento y Reposición, Puente Toscas, Puente La Punta, Puente Tumuñan y Puente Errazuriz, Camino I-310, Camino I-742, Camino I-487 y Camino H-82-I, Comunas de Peralillo, Chépica, San Fernando y Palmilla”, que había sido representado mediante el oficio N° E513647, de 2024, teniendo presente, en relación a las observaciones allí formuladas, lo manifestado en el oficio N° 4, de 30 de julio de 2024, suscrito por la Jefa del Departamento de Proyectos y revisora estructural, de la Dirección de Vialidad, Región de O’Higgins, y en el oficio N° 7.142, de 9 de agosto de 2024, del Subdirector (S) de Mantenimiento de la Dirección de Vialidad. Sin embargo, cumple con precisar que, en los sucesivo y en contratos como los de la especie, se deberá procurar mayor precisión respecto de las descripciones de las obras a ejecutar. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República (S). JUAN CARLOS LILLO VALENZUELA Subjefe de División
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E535615N24, de 3 de septiembre de 2024.
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