Contraloría General de la República · N° 037353N16
Dictamen N° 37.353, de 19 de mayo de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 37.353 Fecha: 19-V-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo del extravío de dos esposas de seguridad que estaban bajo la custodia de sus funcionarios, señores Rodrigo Eliseo Basoalto Alfaro y Carlos Alexandro Ricci Muñoz, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sean exonerados de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 28 de enero de 2013, esos servidores concurrieron hasta calle Océano Índico, en la comuna de El Bosque; una vez en el lugar, y luego de detener a dos individuos que se daban a la fuga de ese personal policial, se produjo un forcejeo con un grupo de personas que los agredió, quienes lograron arrebatarles a los detenidos, sin que, con posterioridad, aquellos elementos de seguridad pudiesen ser recuperados. Los perjuicios ocasionados al patrimonio fiscal, según el documento electrónico N° 13439643, de 2013, del Departamento Armamento y Municiones, ascendieron a la suma total de US$ 60 dólares de los Estados Unidos de América (equivalente a $28.259, a la data de la pérdida), resolviendo la misma unidad, a través de su orden N° 255, de 2015, dar de baja esas especies. Ahora bien, el artículo 62 de la citada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil a los señores Rodrigo Eliseo Basoalto Alfaro y Carlos Alexandro Ricci Muñoz, por el extravío de las mencionadas esposas de seguridad. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 037353N16, de 19 de mayo de 2016.
Más sobre Responsabilidad Civil y Exoneración
-
La Contraloría concluye que, aunque no puede intervenir en asuntos litigiosos, sí puede pronunciarse sobre la responsabilidad administrativa ya conocida por tribunales; corresponde al Servicio de Salud Concepción evaluar los antecedentes y disponer, si procede, los sumarios pertinentes.
-
Los trabajadores de corporaciones municipales que administren fondos públicos deben suscribir y mantener vigentes pólizas de fidelidad funcionaria, aunque no sean funcionarios públicos. Sobre los descuentos para financiarlas, corresponde resolver a la Dirección del Trabajo.
-
La Contraloría concluye que el artículo 90 del Estatuto Administrativo obliga al servicio a asumir la defensa judicial del funcionario, no a reembolsarle gastos ya efectuados. En este caso no procede el reembolso porque el interesado no solicitó oportunamente esa defensa.
Todos los pronunciamientos sobre Responsabilidad Civil y Exoneración
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.