Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 034214N15

Dictamen N° 34.214, de 30 de abril de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 34.214 Fecha: 30-IV-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-5490, conducido por su funcionario, señor Carlos Alberto Godoy Aguilera, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del estudio de la documentación adjunta, aparece que el día 30 de agosto de 2014, ese servidor, acompañado de otro empleado, se desplazaba en el citado móvil por la Avenida Caupolicán, y al llegar a la intersección con calle Antonio Varas, en la comuna de Temuco, colisionó con una motocicleta que ingresó al cruce de vías sin respetar la señal PARE que enfrentaba, y cuyo conductor, además, lo hacía bajo la influencia del alcohol, lo que la Subcomisaria I.A.T y Carreteras Cautín, en su oficio N° 30, de 2014, estableció como causa del accidente, practicándose la denuncia ante la Fiscalía Local de la mencionada comuna. Los daños producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 43, de 2014, de la Zonal de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos Temuco, ascendieron a la suma de $90.000, siendo esa especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la citada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Carlos Alberto Godoy Aguilera, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-5490; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que pudiere asistirle al interesado en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 034214N15, de 30 de abril de 2015.

Más sobre Responsabilidad Civil y Exoneración

  • 1 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF186259

    La Contraloría concluye que, aunque no puede intervenir en asuntos litigiosos, sí puede pronunciarse sobre la responsabilidad administrativa ya conocida por tribunales; corresponde al Servicio de Salud Concepción evaluar los antecedentes y disponer, si procede, los sumarios pertinentes.

  • 29 de julio de 2026

    Dictamen N° D385

    Los trabajadores de corporaciones municipales que administren fondos públicos deben suscribir y mantener vigentes pólizas de fidelidad funcionaria, aunque no sean funcionarios públicos. Sobre los descuentos para financiarlas, corresponde resolver a la Dirección del Trabajo.

  • 27 de julio de 2026

    Dictamen N° OF141098

    La Contraloría concluye que el artículo 90 del Estatuto Administrativo obliga al servicio a asumir la defensa judicial del funcionario, no a reembolsarle gastos ya efectuados. En este caso no procede el reembolso porque el interesado no solicitó oportunamente esa defensa.

Todos los pronunciamientos sobre Responsabilidad Civil y Exoneración

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium