Contraloría General de la República · N° 025545N18
Dictamen N° 25.545, de 11 de octubre de 2018
Texto del pronunciamiento
N° 25.545 Fecha: 11-X-2018 Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que deja sin efecto la resolución que indica -representada mediante el oficio N° 10.820, de 2017, de este origen- y adjudica licitación pública “Construcción paseo costero bahía Cumberland, Juan Fernández, sector sur”, teniendo presente la resolución exenta N° 352, de 2017, del Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso -que se adjunta en esta oportunidad-, en cuanto dispone, por las razones que señala, que el proyecto de que se trata “no debe someterse obligatoriamente al SEIA en forma previa a su ejecución”. Enseguida, cumple con hacer presente que el plazo del contrato es de 540 días corridos, y no el consignado en el resuelvo Nº 6 del acto en examen. Lo anterior, conforme al programa de trabajo de la adjudicataria y considerando lo dispuesto tanto en el artículo 139 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas -aprobado por el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas-, como en el punto 2.8 del formato de bases administrativas aprobadas por la resolución N° 258, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas, aplicables en la especie. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República División de Infraestructura y Regulación Subjefe de División
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 025545N18, de 11 de octubre de 2018.
Más sobre Licitación y Ejecución de Obras
-
La Contraloría no da curso al documento que autoriza el trato directo y aprueba el contrato del proyecto de conservación del sistema de control de tránsito, ordenando al servicio aclarar la justificación de rubros ajenos al objeto, precisar el monto máximo y corregir cláusulas imprecisas.
-
La Contraloría concluye que el IND puede modificar los contratos para rebajar garantías y eliminar la exigencia de recepción municipal, pues el retraso deriva de decisiones de la propia Administración y no es imputable a los contratistas.
-
La Contraloría toma razón del instrumento que dispone el término anticipado de un contrato de pavimento en Sierra Gorda, pero ordena al Servicio informar detalladamente sobre resoluciones, contratos, estado de la obra, fondos invertidos y personal a cargo en 20 días hábiles, y adoptar medidas para dictar oportunamente sus actos, dado el evidente retraso.
Todos los pronunciamientos sobre Licitación y Ejecución de Obras
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Obras Públicas y Concesiones, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Obras Públicas y Concesiones¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.