Contraloría General de la República · N° 015381N14
Dictamen N° 15.381, de 28 de febrero de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 15.381 Fecha: 28-II-2014 Se ha dirigido a esta Entidad de Control el Hospital Clínico de la Universidad de Chile, solicitando la reconsideración del dictamen N° 30.329, de 2013, de este origen, que determinó que al señor José Fuentes Iturriaga le asiste el derecho a percibir las rentas del personal de administrativo de archivo, dado que las tareas que desempeña se ajustan a dicho cargo. Precisa el ocurrente, al tenor de la documentación que acompaña en esta oportunidad, que se encontraría acreditado que el citado funcionario cumple labores diferentes a las que indicó al requerir el pronunciamiento que se impugna, las cuales, en la especie, corresponden a las que ejecutan los administrativos generales. Sobre el particular, cabe recordar que según lo prescrito en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 3, de 1980, del ex Ministerio de Educación Pública, las remuneraciones del personal de las universidades serán fijadas de conformidad a las disposiciones orgánicas de ellas, lo que en todo caso, no puede significar arbitrariedad, tal como se ha informado, entre otros, en el dictamen N° 27.190, de 2013, de este origen. En este contexto, de acuerdo a lo expresado por esa institución, se advierte que aquella, en uso de sus atribuciones, ha dispuesto estipendios diferenciados para sus empleados, estableciendo montos distintos según las tareas que cumplan. Ahora bien, es menester anotar, acorde a los nuevos antecedentes examinados, que las labores correspondientes al cargo de administrativo general, tienen por finalidad conservar la información necesaria para el funcionamiento del departamento o servicio, a través del registro, mantención y envío de datos, en tanto que las asignadas a los administrativos de archivo, persiguen enviar, en forma oportuna, historiales clínicos a las áreas que lo requieran. Lo anteriormente expuesto, permite sostener -contrariamente a lo colegido en el oficio que se impugna-, que las funciones que ejerce el señor Fuentes Iturriaga, son las contempladas para los administrativos generales, razón por cual, procede concluir que este debe percibir las remuneraciones correspondientes a las rentas establecidas para dicha plaza. Reconsidérese el referido dictamen N° 30.329, de 2013, en los términos expuestos en el presente oficio. Transcríbase al señor José Fuentes Iturriaga. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 015381N14, de 28 de febrero de 2014.
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