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Contraloría General de la República · N° 074931N13

Dictamen N° 74.931, de 18 de noviembre de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 74.931 Fecha: 18-XI-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Director Nacional de Arquitectura, para solicitar un pronunciamiento acerca de si procede disponer una nueva suplencia en el cargo de Jefe de División de Edificación Pública, grado 3 de la E.U.S., de ese organismo, considerando que se trata de un empleo adscrito al sistema de Alta Dirección Pública, que no estaba siendo desempeñado por su titular. Como cuestión previa, es del caso señalar que el decreto con fuerza de ley N° 36, de 2003, del Ministerio de Hacienda, le otorgó la calidad de alto directivo público a las plazas de jefe de departamento, grado 3 de la E.U.S., de la mencionada dirección, cuya denominación fue sustituida por la de jefe de división, por el decreto con fuerza de ley N° 39, de 2004, de la citada Cartera de Estado. Precisado lo anterior, es dable indicar que en ese último empleo fue nombrado suplente el señor Eduardo Rivas Bidegain, por el término de seis meses, a partir del 30 de abril de 2012, por cuanto su titular ejercía transitoria y provisionalmente la plaza de Director Nacional de Arquitectura, según consta en los registros de esta Entidad Fiscalizadora. Ahora bien, en lo que atañe a la consulta planteada, el dictamen N° 75.727, de 2011, de este origen, expresó que en los casos en que un cargo adscrito al sistema de Alta Dirección Pública no sea desempeñado por el titular, por cualquier circunstancia y durante un lapso no inferior a 15 días, podrá designarse un suplente, conforme a lo previsto en el inciso tercero del artículo 4° de la ley N° 18.834. En relación con lo expuesto, y de acuerdo con el criterio sostenido en el dictamen N° 28.561, de 2000, de este Organismo de Control, es dable afirmar que la hipótesis antes descrita no contempla un período máximo para servir la respectiva suplencia, motivo por el cual ésta puede disponerse mientras dure la ausencia del titular o por un lapso determinado, o mientras sean necesarios los servicios de la persona que se designa. Así entonces, atendido que la primera suplencia fue establecida por un tiempo específico, en armonía con lo establecido en el anotado pronunciamiento, es posible efectuar, en la especie, otro nombramiento en dicha calidad, a fin de mantener la continuidad de la función pública. En consecuencia, en mérito de las consideraciones expuestas, resulta procedente disponer una nueva suplencia para el cargo de que se trata, debiendo hacer presente que ello se materializó a través de la resolución N° 163, de 2012, de la Dirección de Arquitectura, que designó suplente a don Eduardo Rivas Bidegain, por un plazo de seis meses a contar del 31 de octubre del citado año, la que fue tomada razón por esta Contraloría General, por encontrarse ajustada a derecho. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 074931N13, de 18 de noviembre de 2013.

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