Contraloría General de la República · N° 068873N15
Dictamen N° 68.873, de 28 de agosto de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 68.873 Fecha : 28-VIII-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo realizado con motivo de los daños ocasionados en un casco antibalas que estaba bajo la custodia de su funcionario, señor Alfredo Alejandro Villegas Alvarado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que en la documentación acompañada, aparece que de la revisión efectuada, con fecha 30 de marzo de 2014, a los cascos antibalas de la 1ª Comisaría Coyhaique, se detectó que uno de ellos -que el día anterior le fue asignado a dicho empleado para su uso-, presentaba deterioros en su estructura que lo inutilizaban para el servicio, sin que al término de aquel proceso se pudiesen determinar las circunstancias y la época exacta en que se habrían producido los daños descritos. Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el documento electrónico N° 22393650, de 2014, del Departamento Armamento y Municiones, ascendieron a la suma de US$ 169,50 dólares de los Estados Unidos de América (equivalente a $93.467), resolviendo la misma unidad, a través de su orden N° 18, de 2015, dar de baja esa especie. Ahora bien, el artículo 62 de la citada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado, en armonía con el criterio contenido en el dictamen N° 84.755, de 2013, de este origen, procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Alfredo Alejandro Villegas Alvarado, por los deterioros ocasionados en el mencionado casco antibalas. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 068873N15, de 28 de agosto de 2015.
Más sobre Responsabilidad Civil y Exoneración
-
La Contraloría concluye que, aunque no puede intervenir en asuntos litigiosos, sí puede pronunciarse sobre la responsabilidad administrativa ya conocida por tribunales; corresponde al Servicio de Salud Concepción evaluar los antecedentes y disponer, si procede, los sumarios pertinentes.
-
Los trabajadores de corporaciones municipales que administren fondos públicos deben suscribir y mantener vigentes pólizas de fidelidad funcionaria, aunque no sean funcionarios públicos. Sobre los descuentos para financiarlas, corresponde resolver a la Dirección del Trabajo.
-
La Contraloría concluye que el artículo 90 del Estatuto Administrativo obliga al servicio a asumir la defensa judicial del funcionario, no a reembolsarle gastos ya efectuados. En este caso no procede el reembolso porque el interesado no solicitó oportunamente esa defensa.
Todos los pronunciamientos sobre Responsabilidad Civil y Exoneración
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.