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Contraloría General de la República · N° 023511N16

Dictamen N° 23.511, de 29 de marzo de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 23.511 Fecha: 29-III-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Patricia Sepúlveda Cortez, exfuncionaria de la Municipalidad de Buin, reclamando que esa entidad edilicia no le ha proporcionado los antecedentes a que alude y que le fueran solicitados a través del portal de transparencia. Al respecto, cabe manifestar, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, cuyo texto fue aprobado por el artículo primero de la citada ley N° 20.285, que el Consejo para la Transparencia es la entidad competente para amparar el derecho de acceso a la información cuando es denegado por la autoridad administrativa, en el plazo y en la forma señalada en ese precepto, como asimismo, para imponer las respectivas sanciones por la no entrega oportuna de los datos requeridos, según lo prevé el artículo 49 de ese texto legal. Atendido lo anterior, este Organismo Fiscalizador se abstiene de emitir el pronunciamiento solicitado, toda vez que es el aludido Consejo quien debe conocer los reclamos como el de la especie, por lo que en virtud de lo establecido en el inciso segundo del artículo 14 de la ley N° 19.880, se remite una copia de la presentación de que se trata, para los fines que sean procedentes. Transcríbase a la señora Patricia Sepúlveda Cortez. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 023511N16, de 29 de marzo de 2016.

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