Contraloría General de la República · N° 102123N15
Dictamen N° 102.123, de 29 de diciembre de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 102.123 Fecha: 29-XII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Jorge Torrealba Arancibia, presidente de la Asociación de Consumidores de Independientes y Pensionados de Carabineros de Chile, según señala, reclamando que la dirección de previsión de la citada entidad policial no le habría proporcionado los antecedentes relacionados con la adjudicación del seguro complementario de salud. Al respecto, cabe manifestar que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, cuyo texto fue aprobado por el artículo primero de la ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia es la entidad competente para amparar el derecho de acceso a la información cuando es denegado por la autoridad administrativa, en el plazo y en la forma señalada en ese precepto, como asimismo, para imponer las respectivas sanciones por la no entrega oportuna de los datos requeridos, según lo prevé el artículo 49 de ese texto legal. Atendiendo a lo anterior, y en virtud de lo establecido en el inciso segundo del artículo 14 de la ley N° 19.880 y a las instrucciones contenidas en el oficio N° 24.143, de 2015, de este origen, cumple con remitir la presentación a la mencionada institución para los fines que estime convenientes. Transcríbase al interesado. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 102123N15, de 29 de diciembre de 2015.
Artículos que cita
Más sobre Transparencia, Lobby y Publicidad
-
La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general de publicidad, los expedientes afinados por acoso laboral o sexual o violencia en el trabajo están reservados y no pueden entregarse a terceros, ni siquiera disociados, salvo autorización de los titulares de los datos.
-
La Contraloría concluye que las redes sociales institucionales solo pueden usarse para fines propios del servicio, con información veraz y trato respetuoso, por lo que el Ministerio de Seguridad Pública deberá adoptar medidas para ajustar sus publicaciones, sin perjuicio del sumario instruido.
-
La Contraloría toma razón del documento que modifica el decreto N° 145, de 2017, de Transportes, con el alcance de que debe mantener en su sitio electrónico, a disposición permanente del público, las normas citadas en los literales a) y c) de su artículo único, por el principio de publicidad del artículo 8º de la Constitución.
Todos los pronunciamientos sobre Transparencia, Lobby y Publicidad
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Organización y Procedimiento Administrativo, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Organización y Procedimiento Administrativo¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.