Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 018954N13

Dictamen N° 18.954, de 28 de marzo de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 18.954 Fecha: 28-VIII-2013 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 188, de 2012, de la Dirección de Obras Hidráulicas , que aprueba el primer convenio ad-referéndum del contrato de “Asesoría a la Inspección Fiscal para el contrato de obras Embalse Chacrillas, Putaendo, V Región de Valparaíso”, por cuanto no se advierte el fundamento del incremento de servicios que sanciona, respecto del personal adicional que se incorpora, en los términos previstos en el artículo 58 del Reglamento para la Contratación de Trabajos de Consultoría, aprobado por el decreto N° 48, de 1994, del Ministerio de Obras Públicas. Lo anterior, toda vez que para la asesoría fue requerido el cargo de ingeniero ayudante del jefe de la consultoría al cual se adiciona un ingeniero de oficina técnica, con menores exigencias de experiencia, para realizar funciones de análisis de las condiciones del contrato y de sus modificaciones, las que de acuerdo a lo dispuesto en el N° 26 del anexo complementario de los términos de referencia -aprobados por la resolución exenta N° 1.888, de 2011, de esa Dirección-, son parte de las tareas encomendadas al primero de los mencionados. Asimismo, las funciones de los inspectores especialistas que se incorporan dicen relación con las previstas al momento de la contratación para el cargo de inspectores de terreno, a los que además, se les exige una menor experiencia. Igual situación se presenta con los inspectores técnicos de inyecciones, cuya labor ya se encontraba prevista para los inspectores prácticos de terreno en inyecciones y equipamiento mecánico, con exigencias, por lo demás, distintas a las que ahora se contemplan para el ejercicio de esa tarea. A su vez, no resultan suficientes las razones que se señalan para fundamentar la incorporación de ayudantes de inspectores de inyecciones, del ayudante prevencionista de riesgos y del secretario técnico, atendido que al convocar la licitación respectiva y formular los requerimientos, en cantidad y calidad, del personal con que debía contar el consultor para el adecuado desarrollo de sus funciones, el servicio debió tener presente la naturaleza y envergadura de los trabajos que dicen relación con dichas labores (aplica dictamen N° 43.347, de 2009). Enseguida, se advierte que en el Anexo VI, “Reprogramación de Ocupación de Personal y Uso de Recursos”, se contempla la participación de cuatro inspectores de terreno, en circunstancias de que en la oferta del consultor y en la programación vigente sólo se contempla la intervención de tres, sin que el acuerdo ni los demás antecedentes que se aprueban se refieran a la existencia de la persona adicional. Finalmente, el detalle de las modificaciones que se introducen a la asesoría de que se trata y las razones que motivan esos cambios han debido contenerse en el convenio que se sanciona y, no en anexos y en un informe unilateral del inspector fiscal (aplica dictámenes N°s 14.580 y 76.518, ambos de 2011, entre otros). Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 018954N13, de 28 de marzo de 2013.

Más sobre Asesoría a la Inspección Fiscal y Estudios

  • 30 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF206389

    La Contraloría concluye que el atraso en la entrega del informe final es imputable al consultor, pues solo se entiende cumplida la etapa con una versión que cumpla las exigencias técnicas, por lo que no formula reparos a la multa aplicada.

  • 19 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF197666

    La Contraloría toma razón del instrumento que regulariza lo obrado y aprueba el convenio modificatorio del contrato de asesoría a la inspección fiscal, ordenando al Ministerio adoptar medidas para dictar sus actos oportunamente, dado el evidente retraso.

  • 19 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF197725

    La Contraloría toma razón del instrumento que regulariza y aprueba el convenio ad referéndum N° 5 de asesoría a la inspección fiscal, ordenando a la Dirección adoptar medidas para que los actos que aprueben convenios se emitan oportunamente, dado el evidente retraso.

Todos los pronunciamientos sobre Asesoría a la Inspección Fiscal y Estudios

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Obras Públicas y Concesiones, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Obras Públicas y Concesiones

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium