Contraloría General de la República · N° E128673N21
Dictamen N° E128673, de 11 de agosto de 2021
Texto del pronunciamiento
N° E128673 Fecha: 11-VIII-2021 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba antecedentes y acepta oferta por sistema de pago contra recepción, para la ejecución de la obra “Restauración Iglesia y Convento San Francisco del Barón, Valparaíso-Segundo llamado”, por cuanto en los antecedentes tenidos a la vista no consta que la oferta de la adjudicataria haya incluido la totalidad de la documentación exigida en los puntos 12.1.1, 12.1.4, 12.1.5, 12.1.6, 12.2.4, 12.2.7 y 12.3 de las Bases Administrativas Generales para Contratos de Ejecución de Obras por Sistema de Pago Contra Recepción, aprobadas por el decreto Nº 108, de 2009, del Ministerio de Obras Públicas. Tampoco se vislumbra la manera en que dicha oferta dio cumplimiento, en lo que corresponda, al oficio N° 1.269, de 2018, de esa dirección, citado en los vistos. Además, no se ha acompañado la siguiente documentación: a) El acto administrativo que establece el orden de subrogancia del cargo de Director Nacional de Arquitectura. b) Las resoluciones Nos 102, de 2010, y 226, de 2020, ambas de la Dirección de Arquitectura, citadas en los vistos. c) La resolución sobre consulta de pertinencia de someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental a que alude la respuesta N° 3 del proceso licitatorio. d) El plano de detalle de los ascensores que se pide corregir en el punto 2.72 de la carta compromiso y el de montacarga conforme el punto 2.75. e) Resolución exenta N° 408, de 2020, de esa dirección, que declaró desierto el proceso de licitación de la especie en su primer llamado. Por su parte, cabe señalar que no se advierte el fundamento para establecer mediante la aclaración Nº 11, de 21 de abril de 2021, una visita a las dependencias de la Intendencia Regional de Valparaíso, a las empresas allí indicadas, si se considera que se trata de una licitación pública. Enseguida, cabe precisar que los recursos que financian la obra por parte del Fondo Nacional de Desarrollo Regional son aquellos autorizados mediante la resolución N° 23, de 2021, del Gobierno Regional de Valparaíso, lo que se ha omitido indicar en el acto examinado. Por último, se advierte que se ha incurrido en un error en la numeración correlativa de los puntos del resuelvo del acto en examen. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Subjefe de División
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E128673N21, de 11 de agosto de 2021.
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