Contraloría General de la República · N° 000675N10
Dictamen N° 675, de 7 de enero de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 675 Fecha: 7-I-2010 Se han dirigido nuevamente a esta Contraloría General don Jaime López Silva y doña Tegualda Opazo Landeros, ex funcionarios de la Municipalidad de Recoleta, requiriendo se declare la nulidad del dictamen N° 46.415, de 2009, de este Organismo Contralor -que rechazó la solicitud de reconsideración de los dictámenes N°s. 20.072, de 2007, 30.064 y 54.270, ambos de 2008, y 871, de 2009-, en atención a que dicho pronunciamiento, en su opinión, habría sido extemporáneo, con lo cual habría tenido lugar la figura del silencio positivo. Sobre el particular, cabe señalar que, en los citados dictámenes, esta Entidad Fiscalizadora de manera reiterada ha concluido que los decretos alcaldicios que dispusieron los ceses de funciones de los interesados, por la declaración de vacancia por salud incompatible con el cargo que servían, se encontraban ajustados a derecho, toda vez que se habían configurado los requisitos que la preceptiva legal exige para aplicar dicha causal de desvinculación laboral. Puntualizado lo anterior, en cuanto a la solicitud de que el dictamen N° 46.415, de 2009, sea declarado extemporáneo para los efectos de lo dispuesto en el artículo 64 de la ley N° 19.880, referido al silencio positivo, se debe informar que como lo ha precisado la jurisprudencia administrativa contenida en los dictámenes N°s. 22.697, de 2006 y 41.255, de 2008, entre otros, atendida la naturaleza de las funciones fiscalizadoras e inherentes al control de legalidad que de acuerdo con la Constitución Política y la ley, corresponde ejercer a esta Contraloría General, las normas sobre silencio administrativo a que aluden los interesados no son aplicables en la especie, por ende, debe desestimarse la pretensión en este sentido planteada. Por orden del Contralor General de la República Sonia Doren Lois Subcontralor General
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 000675N10, de 7 de enero de 2010.
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