Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 001797N16

Dictamen N° 1.797, de 8 de enero de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 1.797 Fecha: 08-I-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Comando de Personal del Ejército, consultando si el título de Kinesióloga, conferido por la Universidad del Desarrollo en el año 2013, es útil para percibir la asignación de especialidad al grado efectivo y el sobresueldo por título profesional. Requerida de informe, la Subsecretaría de Educación lo emitió, pero no se refirió a la calidad del diploma de que se trata. Al respecto, cabe recordar que según dispone el artículo 54, inciso séptimo, letra b), del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, título profesional es el que se otorga a un egresado de un instituto profesional o de una universidad que ha aprobado un programa de estudios en la forma que allí se consigna. Enseguida, es menester destacar que el artículo 185, letra b), del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, prescribe, en lo pertinente, que el personal afecto a la escala de remuneraciones de las Fuerzas Armadas tendrá derecho a percibir una asignación mensual de especialidad al grado efectivo, al igual que los empleados civiles profesionales universitarios y el personal a contrata profesionales universitarios, encasillados o nombrados según proceda, en los grados que menciona. Asimismo, el artículo 186, letra g), del último texto legal apuntado, previene, en lo que interesa, que los servidores que señala, que desempeñan funciones propias de su profesión y que cumplan jornadas de 44 horas semanales, tendrán derecho a percibir un sobresueldo equivalente al monto que dicho precepto indica. Como puede advertirse, de la mencionada normativa aparece que, para gozar de los beneficios a que esta alude, es necesario poseer un título profesional. En conformidad con lo anterior, corresponde anotar que el artículo 104, inciso segundo, del citado decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, reconoce a los establecimientos de educación superior -entre ellos, las universidades-, la autonomía académica, esto es, la potestad para decidir por sí mismos la forma en que desarrollan sus labores de docencia, así como la fijación de sus planes y programas de estudios, lo que permite inferir que compete a ellos calificar la calidad de sus diplomas y la extensión de sus carreras, según se ha precisado en el dictamen N° 60.959, de 2014, de este origen. Pues bien, considerando que en el mencionado diploma de Kinesióloga, cuya copia ha acompañado esa institución, expresamente la señalada universidad le otorgó el carácter de título profesional, procede concluir que aquel es útil para acceder a los beneficios de que se trata. Finalmente, se ha estimado necesario hacer presente al Ejército que, en lo sucesivo, en forma previa a solicitar un pronunciamiento de esta Entidad de Control sobre la utilidad de un diploma para obtener los emolumentos por los que se consulta, deberá revisar si la respectiva institución de educación superior, en uso de sus facultades, expresamente lo ha calificado como título profesional -tal como sucedió en el caso de la especie-, circunstancia que, de ocurrir, permitirá a su poseedor acceder a los estipendios en examen, en la medida, por cierto, que cumpla con las demás exigencias previstas en la normativa vigente. Transcríbase a la Subsecretaría de Educación y al Comandante en Jefe del Ejército. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 001797N16, de 8 de enero de 2016.

Más sobre Asignaciones y Sobresueldos

  • 23 de octubre de 2026

    Dictamen N° D434

    La incompatibilidad de percibir beneficios por un mismo concepto rige aunque cambie su fuente de financiamiento, y la asignación convencional de zona se mantiene vía planilla complementaria mientras no se renuncie a ella.

  • 15 de septiembre de 2026

    Dictamen N° D414

    La Contraloría concluye que es válido que el Servicio de Salud Ñuble fije distintos porcentajes de la asignación de estímulo por competencias profesionales según la carga horaria del cargo, pues esta es un factor objetivo del puesto de trabajo. Desestima la reconsideración y confirma los oficios recurridos.

  • 31 de julio de 2026

    Dictamen N° OF144616

    La Contraloría concluye que la funcionaria debe devolver solo la asignación de septiembre a diciembre de 2023, con reajustes y multa no condonable, y nada por 2024, pues la inhabilidad no se aplica retroactivamente.

Todos los pronunciamientos sobre Asignaciones y Sobresueldos

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Remuneraciones y Derechos Funcionarios, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Remuneraciones y Derechos Funcionarios

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium