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Contraloría General de la República · N° 062144N12

Dictamen N° 62.144, de 5 de octubre de 2012

Texto del pronunciamiento

N° 62.144 Fecha: 05-X-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Luciano Contreras Castillo, exdocente de la Municipalidad de Ovalle, -acogido a la bonificación por retiro voluntario del artículo 2° transitorio de la ley N° 20.158-, reclamando que el señalado municipio no ha dado cumplimiento a los oficios N°s. 4.433, de 2008 y 1.089, de 2012, de la Sede Regional de Coquimbo, en los que se le ordenó a dicho municipio, que pagara al interesado el monto adeudado por concepto de la indemnización establecida en el artículo 2° transitorio de la ley N° 19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educación. Requeridos los antecedentes a la mencionada Oficina Regional, esta manifestó que a esta data, la situación planteada ya se encuentra resuelta por el oficio N° 2.924, de 2012, el que reconsiderando el anterior pronunciamiento, emitido por aquella, a través del oficio N° 1.089, de 2012, determinó que al interesado no le asistía el derecho al pago de la referida indemnización, puesto que no habría requerido formalmente el pago de la misma, durante la vigencia del dictamen N° 44.766, de 2008, que reconocía la compatibilidad entre los referidos beneficios. Al respecto, cabe señalar que el aludido oficio N° 2.924, de 2012, precisó que el recurrente invocaba como requerimiento formal de la indemnización del citado artículo 2° transitorio del mencionado estatuto, una presentación realizada por la señora Belarmina Sarmiento Aguilera, de fecha 14 de noviembre de 2008, efectuada en representación de varios profesionales de la educación de la Municipalidad de Ovalle. Sin embargo, en el señalado documento el reclamante no figura como parte de aquellos. Por lo tanto, atendido que no consta que el interesado haya realizado otro requerimiento formal durante la época de vigencia de la citada jurisprudencia de este Organismo Contralor, que reconocía la mencionada compatibilidad de los aludidos beneficios, la Contraloría Regional de Coquimbo reconsideró el oficio anterior, manifestando en el pronunciamiento en comento, que el señor Contreras Castillo no tenía derecho al pago de la indemnización que requiere. En consecuencia, se desestima el reclamo del ocurrente, debiendo estarse a lo manifestado por la citada Oficina Regional, en el oficio N° 2.924, de 2012. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 062144N12, de 5 de octubre de 2012.

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