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Contraloría General de la República · N° E19939N20

Dictamen N° E19939, de 17 de julio de 2020

Texto del pronunciamiento

N° E19939 Fecha: 17-VII-2020 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe que ejecuta el acuerdo Nº 302, de 2020, del Comité Capital de Riesgo, adoptado en sesión Nº 02, de 1 de junio de esta anualidad, deja sin efecto los acuerdos que indica, introduce modificaciones y fija nuevo texto refundido de las normas del Programa de Financiamiento a Fondos de Inversión de Capital de Riesgo- Fondos Desarrollo y Crecimiento (FC), por encontrarse ajustado a derecho. Sin perjuicio de lo anterior, cumple con hacer presente que la facultad para aplicar sanciones y cobrar la garantía a que se refieren los numerales 8, inciso penúltimo; 9 y 12, letra c), debe ser ejercida mediante un acto fundado, lo cual, es sin perjuicio de los recursos que sean procedentes, en atención al principio de impugnabilidad de los actos administrativos regulado en los artículos 10 de la ley N° 18.575, y 15 de la ley N° 19.880. Finalmente, cabe señalar que acorde con la modificación ejecutada por la resolución Nº 60, de 2016, de ese origen, los recursos del Fondo tienen por objeto la inversión, entre otras, en empresas legalmente constituidas en Chile, sin hacer distinción en cuanto a su tamaño, y no como se señala en el primer párrafo del resuelvo 2°. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del rubro. Saluda atentamente a Ud., Jorge Andrés Bermúdez Soto Contralor General

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° E19939N20, de 17 de julio de 2020.

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