Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 067932N13

Dictamen N° 67.932, de 22 de octubre de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 67.932 Fecha: 22-X-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Javier Becerra Troncoso, funcionario perteneciente a la Planta de Oficiales Penitenciarios de Gendarmería de Chile, para solicitar un pronunciamiento acerca de la posibilidad de mantener la propiedad del citado cargo en el evento de ganar un concurso para desempeñar una plaza afecta al Sistema de Alta Dirección Pública. Requerido de informe, el aludido organismo penitenciario expresó que en la eventualidad que el interesado resulte seleccionado en un cargo de esa naturaleza, se encontraría facultado para mantener la propiedad del empleo que sirve en la institución, en atención a lo previsto en la letra e) del artículo 87 de la ley N° 18.834. Al respecto, cabe manifestar, en primer término, que tal como se señala, entre otros, en el dictamen N° 16.012, de 2010, de este origen, esta Entidad de Control solamente se pronuncia sobre las presentaciones deducidas por particulares, que se refieran a asuntos en que se haya producido una resolución denegatoria o se hubiere omitido o dilatado dicha resolución por la autoridad administrativa, y no emite informes en razón de situaciones hipotéticas, como sucede en la especie, motivo por el cual correspondería abstenerse de evacuar la consulta pedida, pero sin embargo, en esta oportunidad, atendida la importancia del asunto planteado, se ha estimado oportuno referirse a éste. Precisado lo anterior, se debe destacar, en lo que interesa, que la citada Planta de Oficiales se encuentra regulada en el decreto con fuerza de ley N° 1.791, de 1979, del Ministerio de Justicia, y que, según lo dispuesto por la letra d) del artículo 162 de la ley N° 18.834, su personal se rige por el Estatuto Administrativo sólo en las materias no previstas en aquél. Pues bien, dado que el precitado decreto con fuerza de ley no contempla normas sobre la compatibilidad en análisis, esta materia debe regirse por lo establecido en la ley N° 18.834, la que en su artículo 86 dispone que todos los empleos a que se refiere, son incompatibles entre sí y con todo otro cargo o función que se preste al Estado, aun cuando los servidores de que se trate, se rijan por normas distintas a las contenidas en él. Ahora, según lo preceptuado en la letra e) del artículo 87 del mismo cuerpo legal, esa incompatibilidad no se aplica en los casos en que se pase a ocupar una plaza que tenga la calidad de exclusiva confianza o cuyo nombramiento sea por un lapso legalmente determinado. Enseguida, resulta forzoso anotar que, sin embargo, dicha compatibilidad no es aplicable tratándose de cargos afectos al indicado Sistema de Alta Dirección Pública, como quiera que por expresa disposición del inciso final del artículo quincuagésimo séptimo de la ley N° 19.882, aquéllos se encuentran exceptuados de la misma. De este modo, quienes, ejerciendo un empleo como el que desempeña el ocurrente, son designados en una plaza que integra el referido sistema, incurren en la incompatibilidad dispuesta en el artículo 86 del mencionado Estatuto Administrativo. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 067932N13, de 22 de octubre de 2013.

Artículos que cita

Más sobre Concursos, Ascensos y Alta Dirección Pública

  • 20 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF198521

    La Contraloría rechaza la reconsideración y confirma que, para postular a jefaturas desde una contrata, los tres años previos pueden incluir períodos como titular o suplente si hay continuidad e inmediatez con la contrata posterior.

  • 20 de agosto de 2026

    Dictamen N° OF158348

    La Contraloría concluye que la Subsecretaría de Relaciones Exteriores actuó correctamente al declarar inadmisible la postulación del recurrente a la Academia Diplomática, pues su documentación no cumplió los requisitos de las bases, por lo que desestima el reclamo.

  • 29 de julio de 2026

    Dictamen N° D387

    La Contraloría concluye que la Secretaria Técnica del Consejo de Alta Dirección Pública, aunque formalmente de exclusiva confianza, puede recibir las bonificaciones por retiro de las leyes N° 19.882 y N° 20.948, aplicando una excepción a la regla general, por sus rasgos de estabilidad y continuidad.

Todos los pronunciamientos sobre Concursos, Ascensos y Alta Dirección Pública

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Empleo Público, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Empleo Público

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium