Contraloría General de la República · N° 047802N14
Dictamen N° 47.802, de 27 de junio de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 47.802 Fecha: 27-VI-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Comando de Personal del Ejército, consultando si el diploma de Ingeniero de Ejecución en Informática otorgado por la Universidad UCINF, en el año 2006, permite percibir la asignación de especialidad al grado efectivo y el sobresueldo por título profesional, aspecto sobre el cual se requirió de informe a la Subsecretaría de Educación, entidad que no se pronunció acerca de la pregunta específica expuesta. Al respecto, cabe recordar que según el artículo 54, inciso séptimo, letra b), del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, título profesional es el que se otorga a un egresado de un instituto profesional o de una universidad que ha aprobado un programa de estudios en los términos que indica, carácter que reviste el diploma de que se trata, de acuerdo a lo precisado en el dictamen N° 36.814, de 2002, de este origen. Enseguida, es menester expresar que el artículo 185, letra b), del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, prescribe, en lo pertinente, que el personal afecto a la escala de remuneraciones de las Fuerzas Armadas podrá percibir una asignación mensual de especialidad al grado efectivo, al igual que los empleados civiles profesionales universitarios y el personal a contrata profesionales universitarios, encasillados o nombrados según corresponda, en los grados que menciona. Asimismo, el artículo 186, letra g), del último cuerpo normativo citado, previene, en lo que interesa, que los servidores que señala, que desempeñan funciones propias de su profesión y que cumplen una jornada de 44 horas semanales, tendrán derecho a un sobresueldo equivalente al monto que dicho precepto establece. En consecuencia, procede concluir que el título en análisis habilita para recibir los beneficios por los que se consulta. Transcríbase a la Subsecretaría de Educación. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 047802N14, de 27 de junio de 2014.
Más sobre Asignaciones y Sobresueldos
-
La incompatibilidad de percibir beneficios por un mismo concepto rige aunque cambie su fuente de financiamiento, y la asignación convencional de zona se mantiene vía planilla complementaria mientras no se renuncie a ella.
-
La Contraloría concluye que es válido que el Servicio de Salud Ñuble fije distintos porcentajes de la asignación de estímulo por competencias profesionales según la carga horaria del cargo, pues esta es un factor objetivo del puesto de trabajo. Desestima la reconsideración y confirma los oficios recurridos.
-
La Contraloría concluye que la funcionaria debe devolver solo la asignación de septiembre a diciembre de 2023, con reajustes y multa no condonable, y nada por 2024, pues la inhabilidad no se aplica retroactivamente.
Todos los pronunciamientos sobre Asignaciones y Sobresueldos
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Remuneraciones y Derechos Funcionarios, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Remuneraciones y Derechos Funcionarios¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.