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Contraloría General de la República · N° OF52281N26

Dictamen N° OF52281, de 17 de marzo de 2026

Sumario

La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el convenio de subejecución técnica entre la Subsecretaría de Seguridad Pública y la PDI, con alcances: la transferencia de recursos solo procede desde la total tramitación del acto, y deben corregirse detalles del convenio.

Texto del pronunciamiento

N° OF52281 Fecha: 17-03-2026 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que aprueba el convenio de subejecución técnica entre la Subsecretaría de Seguridad Pública y la Policía de Investigaciones de Chile -PDI-, en el marco del Programa BID “Fortalecimiento de la Gestión Estratégica de la Seguridad Pública en Chile”, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, de conformidad con la regla de la ejecutoriedad de los actos administrativos, contenida en el artículo 51 de la ley N° 19.880, la transferencia de los recursos de que se trata solo se puede efectuar a contar de la total tramitación del presente acto administrativo, aspecto que se ha omitido indicar en dicho acuerdo de voluntades, y que deberá tenerse en consideración por ese organismo (aplica oficio N° E161011, de 2025). Adicionalmente, cumple con hacer presente que, en lo sucesivo, el detalle de las actividades específicas y de los conceptos de gastos asociados al convenio debe quedar claramente determinado en el acuerdo que sanciona el traspaso de recursos, y no en un antecedente complementario como es el Plan de Adquisiciones 2026, que se adjunta. Enseguida, el convenio que por el acto en examen se aprueba, indica en su cláusula cuarta, numeral 1, que acompañan antecedentes como anexos 1 y 2 del acuerdo en examen, sin que tales instrumentos estén transcritos en el acto examinado o adjuntos y firmados. Finalmente, resulta necesario aclarar que quien concurre a la firma del convenio en examen en representación de la PDI, es el señor Ricardo Gatica Aleaga, cuya personería consta de lo indicado en el Orden (R) N°11, de 5 de febrero de 2026, de ese organismo, y no como se indica en la transcripción de dicho instrumento. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del decreto del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Por orden de la Contralora General de la República Víctor Hugo Merino Rojas Subcontralor General

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° OF52281N26, de 17 de marzo de 2026.

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