Contraloría General de la República · N° 080146N13
Dictamen N° 80.146, de 5 de diciembre de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 80.146 Fecha: 5-XII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Comando de Personal del Ejército, consultando si los diplomas de Licenciado en Contabilidad y Auditoría, y de Contador Público y Auditor, ambos conferidos a la señora Nadia Jiménez Castro por la Universidad Autónoma de Chile en el año 2013, le permiten percibir la asignación de especialidad al grado efectivo y el sobresueldo por título profesional. Requerida de informe, la mencionada casa de estudios manifestó, en síntesis, que ambos diplomas se conceden en la misma carrera, correspondiendo el primero a un grado académico y el segundo a un título profesional. Sobre el particular, cabe recordar que según el artículo 54, inciso séptimo, del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, el grado académico de licenciado es el que se entrega al alumno de una universidad que ha cursado satisfactoriamente un plan de aprendizaje que comprenda todos los aspectos esenciales de un área del conocimiento o de una disciplina determinada, mientras que el título profesional es el que se otorga a un egresado de un instituto profesional o de una universidad que ha aprobado un programa de estudios en los términos que indica. Enseguida, es menester expresar que el artículo 185, letra b), del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, prescribe, en lo pertinente, que el personal afecto a la escala de remuneraciones de las Fuerzas Armadas tendrá derecho a percibir una asignación mensual de especialidad al grado efectivo, al igual que los empleados civiles profesionales universitarios y el personal a contrata profesionales universitarios, encasillados o nombrados según corresponda, en los grados que menciona. Asimismo, el artículo 186, letra g), del último cuerpo normativo citado, previene, en lo que interesa, que los servidores que señala, que desempeñan funciones propias de su profesión y que cumplan jornadas de 44 horas semanales, podrán recibir un sobresueldo equivalente al monto que dicho precepto establece. En consecuencia, es dable concluir que sólo el referido diploma de Contador Público y Auditor es útil para acceder a los beneficios de que se trata. Transcríbase a la Universidad Autónoma de Chile. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 080146N13, de 5 de diciembre de 2013.
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