Contraloría General de la República · N° 031638N16
Dictamen N° 31.638, de 27 de abril de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 31.638 Fecha: 27-IV-2016 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a los instrumentos del epígrafe, que aprueban las liquidaciones de los contratos que señalan, celebrados con la constructora Salfa S.A., por cuanto, en lo que respecta al cálculo del reajuste polinómico de las mismas, esa dirección deberá considerar lo manifestado por esta Entidad de Control mediante el oficio N° 30.268, de 2016. Por su parte, en cuanto a la resolución N° 170, ya singularizada en la suma, cabe añadir que no se adjuntan los certificados relativos al control de rugosidad de la partida 5.407-2, y que, en relación a las resoluciones N os 170 y 190, no se ha reembolsado al contratista el costo efectivo que le significó la garantía adicional, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso final del artículo 98 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, aprobado por el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas (aplica dictamen N° 13.496, de 2016, de este origen). Transcríbase a la Fiscalía del Ministerio de Obras Públicas. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 031638N16, de 27 de abril de 2016.
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