Contraloría General de la República · N° 081248N15
Dictamen N° 81.248, de 13 de octubre de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 81.248 Fecha:13-X-2015 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que aprueba el convenio ad referéndum N° 3, relativo a la asesoría a la inspección fiscal del contrato “Mejoramiento Pasada Por Valdivia, Sector Eje Pedro Aguirre Cerda, Tramo Dm. 0.000,00 a Dm. 3.598,31”, por cuanto la transcripción de los cronogramas, contenida en el acto en examen resulta ilegible. Por otra parte, se advierte un error en el cuadro contenido en el punto 1 del pacto que se sanciona, al consignar para el cargo “Jefe de la Asesoría” un total de meses 0,84 meses, ya que en conformidad al cronograma y presupuesto de modificación N° 2 que se adjunta, su participación se incrementa en 1 mes. Enseguida, en la cláusula tercera del acuerdo se señala que la fecha de término de la asesoría, luego de la presente modificación -31 de enero de 2014- es coincidente con la del contrato de obra, en circunstancias que de los antecedentes tenidos a la vista se aprecia que el último finalizaría el 14 de febrero de 2014. Luego, acerca de lo indicado en la cláusula quinta, es dable manifestar que la indemnización del artículo 60 del Reglamento para Contratación de Trabajos de Consultoría, aprobado por el decreto N° 48, de 1994, del Ministerio de Obras Públicas, solo procede en caso de una disminución efectiva de los servicios originada en la modificación del contrato, lo que no ocurre en la especie, respecto a la disminución de partidas pactadas a serie de precios unitarios. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 081248N15, de 13 de octubre de 2015.
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