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Contraloría General de la República · N° 039511N10

Dictamen N° 39.511, de 15 de julio de 2010

Texto del pronunciamiento

N° 39.511 Fecha: 15-VII-2010 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General doña Yvonne Figueroa Depallens, ex profesional de la educación de la Municipalidad de El Bosque, solicitando el cumplimiento por parte de esa entidad edilicia del dictamen N° 58.922, de 2009, por el cual este Organismo Fiscalizador, para efectos de atender adecuadamente una solicitud formulada por la recurrente, sobre su eventual derecho a percibir remuneraciones hasta la data de pago de la indemnización con ocasión del término de su relación laboral por supresión total de las horas que servía, requirió al municipio que remitiera el respectivo decreto de cese de funciones, conforme con la dotación docente fijada para el año 2007 y fundamentada en el Plan Anual de Desarrollo Educativo Municipal vigente a esa fecha, acompañando la documentación que acredite el nombramiento que en calidad de titular poseía la misma. Sobre el particular, corresponde señalar que considerando las disposiciones establecidas en la ley N° 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado y, además, teniendo en cuenta la excesiva demora en que ha incurrido la Municipalidad de El Bosque en dar cumplimiento a lo instruido por esta Entidad Fiscalizadora mediante el aludido dictamen N° 58.922, de 2009, se remite la presentación de la interesada, para que proceda darle respuesta directa, informando de ello a esta Contraloría General. Sin perjuicio de lo anterior, es necesario indicar que de acuerdo a los antecedentes registrados en este Órgano de Control, se infiere que la supresión de horas que afectó a la recurrente estaría referida a la totalidad de las horas que servía, de manera que, en esa eventualidad, tendría derecho a percibir remuneraciones hasta la data en que el municipio haya dado cumplimiento cabal a su obligación de pagarle íntegramente la indemnización que establece el artículo 73 de la ley N° 19.070, sobre Estatuto de los Profesionales de la Educación, según se ha precisado por este Organismo Contralor en el dictamen N° 67.851, de 2009. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 039511N10, de 15 de julio de 2010.

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