Contraloría General de la República
Dictamen N° E24871NN2, de 23 de agosto de 2022
Sumario
La Contraloría no da curso al instrumento que regulariza y aprueba el convenio modificatorio N° 1 de la asesoría a la inspección fiscal, pues la minuta de julio de 2022 no subsana todas las observaciones del oficio N° E236165, al existir discrepancias en los plazos de ausencias.
Texto del pronunciamiento
N° E248714 Fecha: 23-VIII-2022 Esta Contraloría General nuevamente no ha dado curso al instrumento del rubro, que regulariza y aprueba el convenio ad-referéndum modificatorio Nº 1 de la asesoría a la inspección fiscal para la obra “Mejoramiento Toro Bayo – Curiñanco en ruta T-340, sector cruce ruta T-350 (Toro Bayo) – cruce ruta T-350 (Curiñanco), región de Los Ríos”, que había sido representado por el oficio N° E236165, de 2022, de este origen, por cuanto lo manifestado en la minuta de 27 de julio de 2022, suscrita por el inspector fiscal y sus antecedentes adjuntos, no permiten subsanar todas las observaciones formuladas en el citado oficio. Lo anterior, pues si bien respecto de las ausencias del laboratorista b y del encargado de gestión de calidad en la minuta se especifica que fueron de 42 y 14 días, respectivamente, el cronograma refleja otros plazos -40 y 13-. Por su parte, en lo que se refiere a los alarifes, en el cronograma aparecen 7 días de ausencia, en circunstancias que en el Anexo N° 5 de marzo de 2021 -adjunto a la minuta-, se anota que la ausencia tuvo lugar entre el 16 al 23 de febrero -8 días- y en la aludida minuta se consignan 5 días. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República. JUAN CARLOS LILLO VALENZUELA Subjefe de División
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E24871NN2, de 23 de agosto de 2022.
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