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Contraloría General de la República · N° 051229N11

Dictamen N° 51.229, de 12 de agosto de 2011

Texto del pronunciamiento

N° 51.229 Fecha : 12-VIII-2011 Se ha dirigido a esta Entidad Fiscalizadora don Jaime López Silva, exfuncionario de la Municipalidad de Recoleta, reclamando, una vez más, que este Organismo Contralor, no estaría respetando la figura legal del silencio positivo, establecida en el artículo 64 de la ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración de Estado. Al respecto, cabe señalar que el aludido requerimiento del interesado, ya fue atendido mediante los dictámenes N°s. 675, 11.735, 57.130, todos de 2010, y 14.981 y 43.661, ambos de 2011, en los cuales se expresó que la jurisprudencia administrativa, contenida en los dictámenes N° 46.951, de 2004, y 22.697, de 2006, entre otros, ha precisado que considerando la naturaleza de las funciones fiscalizadoras e inherentes al control de legalidad que de acuerdo con la Constitución Política y la ley corresponde ejercer a esta Entidad Fiscalizadora, las disposiciones sobre silencio administrativo no son aplicables a reclamos como los de la especie. Por consiguiente, dado que la situación planteada ha sido suficientemente estudiada en repetidas oportunidades y, además, que no se aportan nuevos antecedentes que permitan alterar lo concluido anteriormente, corresponde reiterar lo manifestado en los citados dictámenes. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 051229N11, de 12 de agosto de 2011.

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